Tribunales
Prevaricación: denominador común del banquillo de los ERE
El TSJA ya planteó ciertas dudas en torno a si cabía o no ese delito. El juicio se retomará hoy en la Audiencia de Sevilla con la declaración de Magdalena Álvarez
El TSJA ya planteó ciertas dudas en torno a si cabía o no ese delito. El juicio se retomará hoy en la Audiencia de Sevilla con la declaración de Magdalena Álvarez
El sumario del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) financiados por la Junta y presuntamente irregulares nada tiene de esqueleto malnutrido y es algo a lo que siempre se puede regresar. Hoy se retoman en la Audiencia de Sevilla las sesiones del primer juicio parido de aquél, el centrado en el llamado procedimiento específico por el que se repartieron las ayudas públicas que nutrieron los ERE. En el banquillo –sillas en realidad– de los acusados volverán a sentarse los 22 investigados, entre ellos los ex presidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, libres ya de la sombra de un delito, el de asociación ilícita, que la representación procesal del PP pretendió achacarles a todos, aunque se topó con el «no» del tribunal provincial, pese a que uno de los instructores, el juez Álvaro Martín, lo incluyó en el auto de mayo de 2016 por el que transformó en procedimiento abreviado las diligencias previas. Hay en cambio entre los encausados un común denominador: la presunta prevaricación de la que siete de ellos están acusados en solitario, como Chaves, el ex consejero Gaspar Zarrías o la ex ministra Magdalena Álvarez; y de la que a otros se les culpa en combinación con algún otro delito. Lo que se dictamine en torno a si se ha cometido o no prevaricación y si ésta ha sido hacia abajo o hacia arriba marcará, por tanto, el resultado final del juicio.
En el auto que sobre este «macroproceso» dictó en abril de 2015 para devolver la causa al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) –al que llegó temporalmente por afectar a aforados–, se abordó por el margen ese punto, aunque para dejarlo en el aire. Miguel Pasquau, el magistrado instructor, sostuvo en relación a la creación, puesta en marcha y mantenimiento del procedimiento específico que no cabía prevaricación si no se partía «de la premisa, de carácter estrictamente jurídico, de que, en efecto, las decisiones adoptadas fueron ‘resoluciones administrativas injustas’». Abogó por que se aclarase si desde el punto de vista objetivo «pueden considerarse ilegales, con la intensidad requerida para, además, calificarse como prevaricación», una serie de aspectos, entre ellos, «la aprobación de anteproyectos de presupuestos tendentes a la remisión por el Consejo de Gobierno de un proyecto de ley» de cuentas que «puede ser aprobado, enmendado o rechazado por el Parlamento, lo que sin duda exige determinar, no si tales decisiones tienen carácter de acto político exento de control jurídico», sino si, «como actos prelegislativos, tienen o no naturaleza administrativa, y si la ulterior aprobación de la Ley de Presupuestos impide calificarlas de ‘ilegales’». El Tribunal Constitucional (TC) también se pronunció de pasada sobre el carácter «legal» de los documentos preparatorios de los Presupuestos, en ese caso estatales, según apuntan a este periódico fuentes judiciales, y lo hizo en el sentido de que «el articulado del proyecto de ley no es resolución administrativa», pero que el conflicto está «en los documentos, addendas, memorias, etc. que acompañan a la ley y en si éstos fueron o no considerados en los debates parlamentarios o se colaron». La partida 31L, el mediático «fondo de reptiles», expresión de cuya autoría ha renegado estos días el investigado al que se le atribuía, el ex director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, no es un artículo de la Ley de Presupuestos y podría entenderse que se abordó en la Cámara andaluza. Habrá que esperar meses para conocer qué determina la Audiencia en cuanto a si los actos preparatorios de un proyecto de ley aprobados en el ámbito del Consejo de Gobierno y de las consejerías deben incluirse en la categoría de resolución administrativa o no. Ésa será una de las claves de la sentencia. Fuentes del caso auguran que «no podrá hacerse reproche alguno a la aprobación de la 31L a través de la Ley de Presupuestos autonómica ni a los actos prelegislativos del Consejo de Gobierno que quedarán extramuros» de un hipotético fallo condenatorio. A su juicio, «de todas las conductas enjuiciadas, la que tiene más riesgo de verse sancionada como prevaricación –omisiva– sería la de la ex consejera Carmen Martínez Aguayo, dado que presuntamente tuvo conocimiento directo de los informes del ex interventor general Manuel Gómez sin que llegara a tomar medida alguna que acabara con las prácticas de la Consejería de Empleo, o al menos sin llegar a informar a sus superiores».
De momento hoy se reanuda la vista oral. Le toca el turno a Magdalena Álvarez, quien trasladará al tribunal su versión del reparto de los fondos públicos por parte de los gobiernos andaluces que integró. En una década se concedieron más de 6.000 ayudas a trabajadores, algunos de los cuales aún las perciben.
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