Política

Andalucía

Un juzgado de Madrid sí condenó al PSOE por el «enjuague» de la sede de Montilla

Dio la razón al ayuntamiento en un pufo del partido por su sede, como le espetó el senador del PP a Susana Díaz

La presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, estuvo ayer en La Mojonera (Almería) / Foto: Efe
La presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, estuvo ayer en La Mojonera (Almería) / Foto: Efelarazon

Dio la razón al ayuntamiento en un pufo del partido por su sede, como le espetó el senador del PP a Susana Díaz

No fue un calvario, pero tampoco un paseo. El «cara a cara» que mantuvo este jueves la presidenta de la Junta, Susana Díaz, con el popular Luis Aznar en la comisión de investigación de financiación de los partidos políticos del Senado, tuvo picos de tensión circense y dejó una ristra de preguntas sin respuestas claras, pese a que la socialista aseveró que «de Pulpí a Ayamonte», de lo que pasa bajo su «responsabilidad» y su «mandato», se entera «de todo».

Uno de los momentos de desencuentro entre los dos actores a los que se les amontonaron las palabras se produjo a cuenta de una sentencia vinculada al PSOE y al Ayuntamiento de Montilla, en Córdoba, en torno a la que Díaz llegó a acusar a Aznar de tocar «de oídas» y él le replicó que la historia formaba parte de «los enjuagues» que los socialistas «llevan haciendo con sus sedes durante años y décadas».

Acuerdo de 1999

El fallo existe. Es del juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid y está fechado el pasado 23 de marzo, aunque fue trasladado al consistorio cordobés en mayo. El conflicto judicial se remonta a un acuerdo plenario del mencionado ayuntamiento de marzo de 1999 mediante el cual, y de forma condicionada a una modificación puntual de normas subsidiarias ligadas a edificios protegidos y al visto bueno de la delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, se daba vía libre a la permuta por la que el consistorio transmitiría al PSOE «la llamada Casa del Pueblo –su sede- por un valor de 93.231,59 euros», según se asevera en la sentencia, a la que tuvo acceso LA RAZÓN.

Por su parte, la formación política se comprometió a traspasar «un inmueble» tasado en «71.717,67», formalizándose el canje a través de «otorgamiento de escritura pública el día 2 de julio» de aquel año. La diferencia entre las dos referidas cantidades, 21.513,92 euros, «se acordó que quedaría aplazada y se abonaría a la corporación, según acuerdo de ambas partes», a la luz de lo reflejado en la resolución judicial. Pero no se hizo, y el asunto acabó en los tribunales.

El PSOE alegó varios motivos para intentar zafarse del pago, entre ellos la prescripción por haber transcurrido 15 años «desde que la acción pudo ser ejercitada hasta la recepción de la demanda el día 18 de abril de 2016 sin que haya habido reclamación extrajudicial». Si bien, el juzgado madrileño rechazó el argumento esgrimido por los representantes procesales de los socialistas y estimó «íntegramente» lo mantenido por el Ayuntamiento de Montilla, por lo que condenó al PSOE a abonarle «la suma de 21.513,92 euros y a los intereses legales» de dicha cuantía «desde el día 19 de junio de 2014 –cuando se notificó en la sede de la formación política de Montilla la resolución del entonces teniente de alcalde delegado del área de Hacienda por la que se reclamó el dinero- hasta la fecha» de su resolución, al ser de aplicación el artículo 676 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

El tribunal deja constancia además de la «expresa condena en costas a la parte demandada», esto es, el partido socialista. Las arcas municipales en general suelen rugir de asfixia en los últimos años, con lo que es probable que las de Montilla agradezcan el ingreso.