Castilla y León
El TS concluye que Gago fue cómplice del asesinato de Carrasco porque organizó el crimen
Incrementa la pena a 14 años y razona que su conducta no fue encubrimiento, como se estableció en primera instancia
La policía municipal no fue solo encubridora, sino cómplice del asesinato de la presidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco, pues participó en la organización del crimen.
La policía municipal Raquel Gago no fue solo encubridora, sino cómplice del asesinato de la presidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco, pues participó en la organización del crimen, según explica el Supremo en la sentencia en la que confirma las condenas para las tres responsables.
El Tribunal Supremo ha hecho pública hoy la sentencia en la que confirmó las condenas de 22 y 20 años por el asesinatode Isabel Carrasco a Montserrat González y su hija Triana Martínez, respectivamente, y elevó en dos años, de 12 a 14, la pena para Raquel Gago por complicidad en el crimen y tenencia ilícita de armas.
En su fallo, el tribunal señala que los hechos probados apuntan a que Gago "conoció los propósitos homicidas de las otras dos acusadas y aceptó formar parte del plan urdido por éstas para matar", además de que en cumplimiento de dicho plan, en "la tarde en que ocurrieron los hechos, apenas una hora antes de que se ejecutase la muerte de la víctima, se reunió con las otras dos acusadas para concretar los detalles".
"La intervención en la organización"de un crimen, aunque no se actúe en su ejecución, "puede configurar una responsabilidad penal", recuerda el Supremo: "un acto posterior a la consumación realizada por una persona que ha intervenido en la organización no es encubrimiento sino participación".
El Supremo incrementó la pena para Gago al estimar el recurso de la Fiscalía y la condenó también por delito de tenencia ilícita de armas (con pena de 2 años), debido a que guardó durante un día la pistola con la que se cometió el acto, sin que pueda considerarse que la retuvo de modo meramente fugaz y momentáneo.
Gago conoció la intención de cometer el delito y lo asumió como propio: "a partir de ese conocimiento, no sólo no lo impide ni trata de evitarlo sino que realiza una acción dirigida a concretar los detalles según el plan trazado", dice la sentencia.
Así, se situó "en una calle determinada en la que esperaría a quien es cooperadora necesaria en la muerte de la víctima (Montserrat Triana), la ve y le abre el coche para que guarde el bolso en el que iba alojada el arma empleada en la muerte".
Luego mantuvo oculto el revólver durante más de 24 horas, llamando a continuación a un policía nacional al que conocía para decir que había encontrado casualmente en su vehículo el bolso, el revólver y un pañuelo.
Así, su grado de participación no alcanza el de Montserrat Triana (condenada a 20 años de cárcel como cooperadora necesaria en el crimen cometido materialmente por su madre) pero fue más allá del mero encubrimiento, en contra de lo que estableció en primera instancia el presidente del tribunal del jurado de la Audiencia de León.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ya condenó por complicidad a Raquel Gago a 12 años de prisión, frente a los 3 años por encubrimiento que impuso la Audiencia de León (que además la condenó a 2 años por tenencia ilícita de armas).
Ahora el Supremo ha confirmado las dos condenas: la de cómplice y la de tenencia ilícita de armas.
Efe
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