Policía
Condenado a 59 años de cárcel el autor del triple crimen de Sagrada Familia
La Audiencia de Barcelona ha condenado a 59 años de cárcel a Alejandro Cuartero Gil por matar a martillazos a los padres y a una sobrina de su expareja en el piso del barrio de la Sagrada Familia de Barcelona en el que vivían, como "cruel venganza"por no poder regresar con la mujer.
En la sentencia, la Audiencia se basa en el unánime veredicto de culpabilidad emitido el tribunal popular y condena a Cuartero a 59 años de prisión, frente a los 66 que pedía la fiscalía: 35 por el asesinato con alevosía de los dos ancianos, 22 y medio por un asesinato con alevosía y ensañamiento de la menor, y un año y medio por la violencia psíquica ejercida contra su expareja.
La Audiencia subraya que Cuartero actuó con "brutalidad"y con "desprecio a la vida ajena"cuando el 27 de enero de 2012 acudió al domicilio en el que vivían los dos ancianos padres y la sobrina de su expareja y les mató a martillazos como una "cruel venganza"por no poder recuperar la convivencia con ella, con quien había mantenido una relación entre 2002 y junio de 2011.
Cuartero no aceptó la ruptura de la relación sentimental, por lo que, según la Audiencia, sometió a su expareja, Mònica C. a una continua presión psicológica, ya que la siguió, le revisó sus facturas telefónicas, le instaló dispositivos de seguimiento en su vehículo y le mandó mensajes amenazantes para que volviera con él.
Según la sentencia, los tres asesinatos "no son más que el 'punto final' de esa situación de acoso ejercida de forma constante durante meses por el acusado contra su expareja sentimental".
"La muerte de los tres familiares de Mònica C. se ha revelado como la culminación de la obsesión del acusado, como una cruel venganza por no poder recuperar la convivencia con ella", remarca el fallo.
Tras la ruptura, Mònica C. se fue a vivir a la casa del barrio de la Sagrada Familia en la que vivían sus padres de 87 y 78 años de edad, y su sobrina, de 16 años.
La sentencia considera probado que la mañana del 27 de enero de 2012 Alejandro Cuartero se dirigió al domicilio de la Sagrada Familia, donde se encontraban los ancianos y la sobrina, y acabó con sus vidas a martillazos, dejando tras de si un rastro de sangre que impresionó a los investigadores, que lo definieron como uno de los crímenes más espeluznantes de los últimos años en Barcelona.
La sentencia subraya que se trata de un caso de violencia de género, en el que el acusado tenía un móvil para asesinar y además su coartada se ha "desvanecido"ante la presencia de una serie de "indicios plenamente acreditados"que permiten atribuirle la autoría del triple crimen.
En el juicio, Cuartero aseguró que él no cometió el crimen, lanzó insinuaciones sobre su expareja y alegó que la mañana en que se produjo el crimen había salido a pasar a su perro.
Sin embargo, las cámaras de seguridad grabaron al vehículo de Cuartero estacionado en las inmediaciones de la casa de la Sagrada Familia y registraron a un hombre con un sombrero de vaquero -como los que utilizaba habitualmente- y cojeando levemente -como le ocurre al acusado-, dirigiéndose hacia el domicilio.
Además, en el cristal de las gafas del acusado se encontraron restos de sangre, al igual que en el cordoncillo con el que se las ataba al cuello, por lo que la Audiencia estima que con solo éste elemento ya bastaría para atribuirle la participación en el crimen.
Al igual que el jurado popular, la Audiencia rechaza por "inverosímil"la versión exculpatoria del acusado, que justificó que se hallara sangre en sus gafas porque se manchó al coger el perro empapado de sangre que le dieron los Mossos para que lo apartara del domicilio familiar.
La sentencia argumenta que los Mossos que cogieron el perro y se lo dieron a Cuartero no se mancharon de sangre y que tampoco se encontraron restos de sangre en el maletero del vehículo del acusado, donde éste dejó al animal encerrado durante horas.
Según la Audiencia, las manchas de sangre no llegaron a las gafas porque Cuartero cogiera el perro, sino porque no las consiguió limpiar tras cometer el triple crimen, ya que "lo más lógico"es que provinieran de las salpicaduras "extremadamente abundantes"de sangre que provocó con los martillazos.
La sentencia también condena a Cuartero, al que por ley sólo se le puede imponer un cumplimiento máximo de 30 años de cárcel, a indemnizar a su expareja y a los familiares de las víctimas con 220.000 euros.
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