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El TSJ declara nulo el presupuesto de À Punt de 2017 porque no pasó por Les Corts

La Abogacía de la Generalitat trató de tumbar el recurso de dos diputados del PP alegando que «no pueden arrogarse la defensa de la legalidad ni de los derechos de los ciudadanos»

Los abogados de la Generalitat argumentaron que los diputados denunciantes no se podían arrogar el derecho a defender los intereses públicos
Los abogados de la Generalitat argumentaron que los diputados denunciantes no se podían arrogar el derecho a defender los intereses públicoslarazon

La Abogacía de la Generalitat trató de tumbar el recurso de dos diputados del PP alegando que «no pueden arrogarse la defensa de la legalidad ni de los derechos de los ciudadanos»

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha declarado «nulo de pleno derecho» el presupuesto de la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación de 2017 aprobado por el Consell.

El Tribunal no tiene ninguna duda a la hora de señalar que era el Parlamento el órgano competente para aprobar las cuentas de À Punt, y no el Consell de la Generalitat. Y de hecho, incluso le condena al pago de las costas judiciales, aunque limita la cantidad en 1.200 euros.

Es curioso también el planteamiento que utilizó la Abogacía de la Generalitat para tratar de impedir que el recurso de los dos diputados del PP prosperase. Según los letrados del Gobierno «los recurrentes no pueden arrogarse la defensa de la legalidad ni tampoco esa abstracta y genérica de los derechos de los ciudadanos y personas que alegan» y es más, explican que «de reconocerles legitimación habría que reconocerles legitimación, con carácter general, para impugnar toda actuación o decisión del Gobierno valenciano y de su administración, pues son todas ellas susceptibles de control por la Cámara».

La Sala le deja claro a la Generalitat que no comparte los argumentos de sus abogados que prácticamente dejan a los diputados sin ninguna capacidad de recurrir las acciones del Consell, y le reconviene al señalar que «la aprobación por el órgano colegiado del Gobierno de la Generalitat y no de Les Corts se ha podido traducir en la privación del derecho de los recurrentes como diputados y miembros de un grupo político a intervenir en el indicado procedimiento legislativo autonómico en lo tocante a la Corporación». Y añade que «el ejercicio de la función legislativa por los representes de los ciudadanos constituye la máxima expresión del ejercicio de la soberanía popular en el Estado democrático».

Por su parte, la directora General de Presupuestos, Eva Martínez, dijo que se trataba de una «cuestión meramente admistrativa sin ningún efecto sobre À Punt cuyo presupuesto está ejecutado y liquidado» y dijo que todo se trataba de discrepancia «en la interpretación de la norma».