Comunitat Valenciana
Hacienda acepta un cuadro de Pinazo como pago de una deuda tributaria
La obra del artista valenciano, que cuelga ya en el Museo de San Pío V, fue tasada por 55.000 euros
La obra del artista valenciano, que cuelga ya en el Museo de San Pío V, fue tasada por 55.000 euros
Aunque se trata de un procedimiento contemplado en la legislación estatal, en la Comunitat Valenciana no se había dado nunca el caso de aceptar como dación en pago una obra de arte para saldar una deuda tributaria con la administración valenciana. Se trata en concreto de un cuadro del pintor Ignacio Pinazo, que fue tasado por la dirección general de Cultura y Patrimonio en 55.000 euros, y que luce ya en las paredes del Museo de Bellas Artes San Pío V de Valencia.
Impuesto de Sucesiones
El cuadro formaba parte de una colección privada y, tras el fallecimiento de un familiar, los herederos propusieron al Instituto Valenciano de Administración Tributaria (IVAT), la entrega de la obra en el marco del pago del Impuesto de Sucesiones. Puesto que nunca antes se había realizado este procedimiento en la Generalitat, el IVAT realizó gestiones en un doble sentido.
De un lado, con la Intervención General, con el fin de adaptar los documentos contables internos para tramitar este pago en especie, y de otro, con la Dirección general de Cultura y patrimonio, ya que es necesario un certificado de esta en el que se declare la obra como de interés para el patrimonio de la Generalitat.
Tras la tasación, la Dirección general de Cultura realizó el informe pertinente y emitió una resolución certificado su autenticidad y el interés patrimonial de la obra.
Una vez realizado este certificado, se trasladó al IVAT, quien culminó la tramitación y aprobó el pago en especie de la deuda tributaria.
La legislación estatal en esta materia contempla que los contribuyentes puedan saldar su deuda con la entrega de obras de arte. Así viene recogido en el artículo 60 de la Ley General Tributaria donde dice, en el punto 2, que «podrá admitirse el pago en especie de la deuda tributaria en período voluntario o ejecutivo cuanto una Ley lo disponga expresamente y en los trámites y condiciones que se prevean reglamentariamente».
Además, también se recoge en el Reglamento General de Recaudación, en el que se destina el artículo 40 a regular el pago en especie de tributos.
El Impuesto de Sucesiones en la Comunitat Valenciana contaba con una bonificación del 75 por ciento para patrimonios superiores a los 100.000 euros. El año pasado el actual Consell redujo esta bonificación al 50 por ciento, con la intención de aumentar en más de 86 millones de euros los ingresos recaudados por esta partida.
Recientemente, la presidenta del PPCV, Isabel Bonig, anunció que su partido eliminará por completo este tributo en el caso de que gane las elecciones autonómicas del año que viene.
Una obra perfecta para el San Pío V
Se trata de una obra del pintor valenciano Ignacio Pinazo Camarlench (1849-1916). Un retrato en óleo sobre lienzo que está firmado y fechado por el artista en 1899. Es un retrato de cuerpo entero con vestido de fiesta y que constituye una de las pinturas más significativas al abordar un retrato de la alta burguesía valenciana. La pieza se encuadra perfectamente en la política de adquisiciones del Museo de Bellas Artes.
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