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El TSJM paraliza ahora la externalización de los hospitales

La Razón
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado hoy nuevamente la suspensión cautelar del proceso de externalización de la gestión de seis hospitales públicos tras un recurso presentado por la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM).

La externalización de seis hospitales públicos madrileños, planteada por el Gobierno regional como una medida que buscaba ahorrar 170 millones de euros al año, recibió ayer un severo revés judicial. Sin duda el más duro hasta la fecha. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ordenó la suspensión cautelar de la resolución de 30 de abril de 2013 de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad por la que se hizo pública la convocatoria para proceder al cambio de gestión en los seis centros hospitalarios.

El TSJM ha adoptado esta decisión en respuesta a un recurso del sindicato AFEM, en el que los facultativos solicitaban la suspensión del proceso. Se trata, por tanto, de una medida cautelar, para cuya adopción la Sala del TSJM deja claro que no entra en «el fondo del recurso». Fundamenta la necesidad de dar luz verde a esta medida cautelar en la modificación que la propia Consejería introdujo en los pliegos de licitación. Y es que cuatro días antes de que acabara el plazo para presentar ofertas para gestionar los hospitales, Sanidad, a través de una correción de errores en los pliegos, fijó que la fianza definitiva que debían aportar las compañías adjudicatarias sería un 5% del importe anual del contrato, en lugar de un 5% sobre el total de los 10 años que dura la concesión.

Además de AFEM, también el Partido Socialista de Madrid recurrió ante el TSJM la externalización por este motivo. Sin embargo, el tribunal terminó resolviendo entonces que los diputados y concejales socialistas que firmaron el recurso no tenían ningún tipo de legitimidad para detener el proceso. Se cerró entonces la puerta a una paralización que, ahora, ese mismo tribunal ahora ha abierto al entender que AFEM sí tiene «legitimación activa» para intervenir judicialmente en este contencioso.

El auto hecho público ayer determina que la modificación de la fianza «puede exceder de la posibilidad de rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos» al introducir el término «anual». Con ello, según el juez, es «evidente» la modificación de la fianza introducida por la Comunidad de Madrid «varía sustancialmente» tanto la licitación como el contrato. La resolución judicial hace suyo el argumento de los socialistas y los sindicatos, según el cual «el cambio introducido en la garantía contractual podría haber limitado el principio de libre concurrencia competitiva al haber podido impedir licitaciones de empresas por el importe de la garantía definitiva». Lo que ocurrió sin embargo durante el proceso de presentación de ofertas contradice esta posible lesión del derecho de libre concurrencia. Y es que no hay constancia de que algún otro grupo del sector sanitario se hubiese animado a concurrir al concurso. La Comunidad de Madrid ha precisado en varias ocasiones que la Consejería de Sanidad no recibió ninguna queja por parte de ninguna empresa en relación a esta polémica.

Respecto al fondo del conflicto –si es legal o no externalizar hospitales para que sean gestionados por empresas privadas sin perder su condición de hospitales públicos–, la resolución destaca que «excede de la competencia» del tribunal. Sí que subraya el auto que la suspensión es necesaria en la medida de que sería «muy difícil, sino imposible, en caso de que no se accediera a la medida cautelar y se estimara el recurso, volver a la situación anterior, por lo que la no adopción de la medida solicitada haría que el recurso perdiera su finalidad legítima». Concluye el escrito que «contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días ante esta misma sección».

Tanto el sindicato Afem como el PSM coincidieron ayer en celebrar esta resolución como «el principio de la victoria».