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La Justicia absuelve a los alcaldes de los 40 millones de euros
No se ha podido acreditar que hubiera una recalificación de terrenos a cambio de una comisión, ni cuentas ilegales en Andorra, ni blanqueo de capitales ni ninguno de los 14 delitos de los que se les acusaba. Aunque a priori se antojaba difícil justificar unos ingresos de casi un millón de euros para el regidor de un municipio de poco más de 20.000 habitantes, el «caso Ciempozuelos», que salió a la luz hace casi diez años y todo el mundo daba por «condenados» a sus protagonistas, se cerró ayer con la absolución de los acusados que, sin poder contener la emoción, celebraron el fallo entre lágrimas y abrazos. Fue el tribunal de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid el que absolvió ayer a los ex alcaldes socialistas de la localidad Antonio Torrejón y Joaquín Tejeiro –que estuvieron en prisión provisional por estos motivos– de los delitos de cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, falsedad documental, blanqueo de capitales, contra la hacienda pública, uso de información privilegiada, malversación de caudales públicos, fraude, apropiación indebida, alzamiento de bienes, maquinaciones para alterar el precio de las cosas, prevaricación urbanística y asociación ilícita.
Además, la Audiencia absuelve también a otros doce acusados, entre los que se encuentran empresarios del sector de la construcción. Y es que, según se desprendía de a investigación, era la inmobiliaria Esprode la que en 2006 entregó 40 millones de euros a Tejeiro por la recalificación de unos terrenos en el Sector 2 de la localidad, «Cerro de los Sotos». Sin embargo, nada de esto ha podido ser probado.
La resolución recuerda que Joaquín Tejeiro fue alcalde de Ciempozuelos entre junio de 1991 y junio de 1995 y Pedro Antonio Torrejón, entre junio de 2003 y octubre de 2006, y señala que no se puede afirmar que sus ingresos no tuvieran su origen en el trabajo o en formas honradas de ganarlo. A pesar de que Tejeiro saliera del Consistorio, en su día se afirmaba que seguía «entrando y saliendo» de los despachos de concejales haciendo gala de su poder. El tribunal fundamenta que las acusaciones del fiscal son imprecisas al dar por hecho que el viaje a Andorra de Torrejón y Tejeiro respondía a la intención de ocultar una parte del dinero que en los últimos años habían estado recibiendo de particulares en consideración a los cargos públicos que ocupaban o habían ocupado el segundo.
La sentencia explica que, en el caso de Tejeiro, no constan otros gastos que la adquisición de medio piso en 1989 y añade que el resto de su patrimonio es fruto de herencia. «Que una persona al final de su vida laboral pueda ahorrar 106.000 euros no es nada extraño, es un patrimonio que muchísimas personas han conseguido con su esfuerzo y su trabajo», comenta, según recoge Efe.
En el caso de Torrejón y de su mujer, también absuelta, es «un matrimonio con dos hijos y ambos trabajadores durante muchos años antes de acudir a Andorra», y además el primero con sueldos en algunos momentos muy elevados, como una indemnización en 1995 de algo más de 42.000 euros.
La Sala destaca que la mayor parte de las decisiones que constan en relación con el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) se tomaron por unanimidad o amplísima mayoría. El tribunal no aprecia aceleración de trámites del PGOU que, en lo que dependía del Ayuntamiento, duró de 2001 a 2006, ni conexión de Torrejón y Tejeiro con «extraños negocios entre particulares».
«Aparte del dinero encontrado en Andorra ha aparecido muy poco más y en el supuesto de que Torrejón y Tejeiro hubieran recibido dinero» de los constructores hay datos «difíciles de explicar». De esta forma, señala que no es lógica la acusación de que los testaferros recibieran más de 4.100.000 euros.
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