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Lo que no sabías sobre los impuestos tras la venta de una casa por divorcio
¿Pierde esta su carácter de habitual? No. Tal como explican desde el comparador, la Agencia Tributaria contempla una excepción en estos casos
La venta de una vivienda tributa en el IRPF y la plusvalía municipal. Esto es así salvo contadas excepciones, como cuando la venta se lleva a cabo con pérdidas o el propietario se acoge a algunas de las exenciones —la reinversión en vivienda habitual es la más común—. Y aunque, por norma general, cuando se vende la vivienda familiar tras un divorcio aplican las mismas reglas, existen algunas diferencias que suelen generar dudas.
¿Se puede acoger a la exención por reinversión en vivienda habitual el cónyuge que se fue de la vivienda familiar? ¿Qué pasa si la expareja no paga la plusvalía municipal? ¿Quién debe pagar el IBI? Los expertos del comparador financiero e inmobiliario HelpMyCash.com responden.
Exención por reinversión en vivienda habitual en caso de divorcio
Cuando se vende la vivienda habitual para comprar otra, el propietario queda exento de pagar IRPF. Pero se deben cumplir algunos requisitos: el principal es que tanto la propiedad que se vende como la que se compra debe ser la habitual.
Los especialistas de HelpMyCash aclaran que esto implica que el contribuyente debe haber vivido en la propiedad que transmite durante un plazo continuado de, al menos, tres años. Además, debe habitar el nuevo inmueble de manera efectiva en un plazo máximo de doce meses, contando desde la fecha de adquisición o terminación de obras.
Pero ¿qué ocurre si uno de los cónyuges abandona la vivienda familiar luego del divorcio? ¿Pierde esta su carácter de habitual? No. Tal como explican desde el comparador, la Agencia Tributaria contempla una excepción en estos casos. “Se entiende que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando el contribuyente debe trasladarse luego de un divorcio, a pesar de que no haya vivido en la propiedad durante el plazo requerido”, aseveran.
Por tanto, el cónyuge que abandona la vivienda familiar sí puede acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual, siempre que destine el dinero de la venta a la adquisición de una nueva residencia.
Pago de la plusvalía municipal
La venta de una vivienda también tributa para la plusvalía municipal. La peculiaridad de este impuesto es que es de carácter solidario. Por tanto, la Agencia Tributaria podría exigir el pago a uno de los miembros de la expareja si la otra parte no paga lo que le corresponde.
Por eso, desde HelpMyCash aconsejan liquidar todos los impuestos tan pronto como se reciba el dinero de la venta, incluso antes de repartir las ganancias entre los cónyuges. De esta forma, se reducen los riesgos y los conflictos entre las partes.
El IBI lo paga el vendedor
El impuesto sobre bienes inmuebles no es propio de la venta, sino que grava la mera tenencia de una propiedad. Sin embargo, cuando se transmite la vivienda, la responsabilidad de pago recae sobre quien haya sido propietario del inmueble al día primero de enero. Es decir, sobre el vendedor, salvo que se pacte lo contrario en las escrituras.
En caso de que la vivienda provenga de un divorcio, ambos cónyuges serán, entonces, responsables del pago del IBI. Por eso, los especialistas aconsejan liquidar este impuesto antes de dividir las ganancias.
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