Turismo

El Ayuntamiento de Madrid multará a dueños de pisos turísticos por publicidad engañosa

Consumo inicia una campaña de inspecciones a empresas para acabar con ofertas fraudulentas e infracciones de la Ley de Protección de Datos. Las sanciones pueden llegar a los 30.000 euros

Una pareja de turistas pasea con sus maletas por la plaza de Callao, en pleno centro de la capital
Una pareja de turistas pasea con sus maletas por la plaza de Callao, en pleno centro de la capitalJesus G. FeriaLa Razón

Los pisos turísticos siguen siendo un tema de actualidad. A la espera de que el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, pueda cumplir su propósito de reformar la normativa que los regula y que sacó adelante Manuela Carmena en su etapa en el despacho noble del Palacio de Cibeles (aún falta que se resuelva el embrollo judicial de denuncias entre propietarios y Administración), el Consistorio se ha propuesto hacer que se cumpla la ley. A las sanciones ya anunciadas por incumplimientos de las órdenes de cese de actividad, que dependen del área de Desarrollo Urbano y que se anunciaron hace unos días, se suma ahora una campaña de inspecciones que depende de Consumo.

Fuentes del área de Economía, Innovación y Empleo –la que tiene las competencias de Consumo– explican a LA RAZÓN que los empleados públicos ya se encuentran mirando con lupa las ofertas de pisos turísticos propiedad de empresas que están disponibles en la capital de acuerdo a los anuncios online. «Hay portales que ofrecen viviendas que no son suyas. Es más, hay otros que tienen anuncios de apartamentos que no existen o que no se corresponden con lo que se va a encontrar el turista cuando llegue a Madrid», concretan estas mismas personas, que también indican que es la primera vez que Consumo toma partido en estos asuntos. Sin embargo, la colaboración con el área de Urbanismo es estrecha.

«Vamos a denunciar y a sancionar a todas las empresas que tengan este tipo de publicidad fraudulenta», indican. Las multas por las faltas leves rondarán los 3.000 euros. En el caso de que el delito sea más grave, las penas pueden crecer hasta superar los 15.000 euros. En esas situaciones también entran en juego los técnicos de la Comunidad, que es la entidad que tiene las competencias últimas sobre la regulación de los pisos turísticos. De hecho, el Gobierno regional fue el primero en crear una normativa en este sentido, un marco regulatorio que el Ayuntamiento de la capital consideró insuficiente. Por eso, Carmena decidió crear uno propio ligado a Urbanismo y que se aprobó de forma definitiva en marzo del año pasado.

En este sentido, las entidades propietarias deben exponer una serie de datos sobre la vivienda turística que, por descontado, se deben corresponder al cien por cien con el inmueble real que está ofertado. Uno de los asuntos más importantes es que el precio se encuentre especificado de forma clara. Asimismo, entre esta relación de características deben constar los datos del promotor, un asunto en el que los dueños de pisos turísticos de la ciudad fallan, según han detectado los empleados de Consumo. Además, al tratarse de una forma de comercio electrónico, también se debe facilitar la razón social.

En el caso de que la naturaleza de la infracción no recaiga dentro del campo de acción del Ayuntamiento de la capital ni de la Comunidad de Madrid, los técnicos municipales recurrirían al organismo competente. Un caso claro de este fenómeno son los delitos relacionados con la nueva Ley de Protección de Datos, que dependen de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

La tercera pata de esta ronda de inspecciones es la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (Lepar) de la Comunidad de Madrid. De acuerdo a ella, en el caso de que los propietarios de pisos turísticos infrinjan alguno de sus puntos, las sanciones pueden llegar a sobrepasar los 30.000 euros.

Sin embargo, como en la mayoría de temas que competen a distintas administraciones, el baile de responsabilidades puede retrasar, o incluso diluir, las condenas. En el caso de que la licencia de la vivienda sea de hotel, la responsabilidad recae en Turismo y, por tanto, el Consistorio no puede actuar. Aunque sí es su responsabilidad informar para que éste actúe.

Una pancarta en contra de los apartamentos turísticos cuelga de un balcón de la Plaza Mayor
Una pancarta en contra de los apartamentos turísticos cuelga de un balcón de la Plaza Mayor© Gonzalo Pérez Mata

También de Urbanismo

Esto se une a las declaraciones del delegado de Desarrollo Urbano de la capital, Mariano Fuentes (Ciudadanos), que hace unos días anunció que desde su área ya han empezado a tramitar expedientes sancionadores a los pisos turísticos que continúan con su actividad pese a tener vigente una orden de cese. La primera multa por esta infracción es de 1.000 euros, que aumenta a 2.000 y 3.000 en las faltas sucesivas.

De acuerdo a los números que se manejaban hace unas semanas, hay nueve expedientes en trámite, ocho de ellos en el distrito Centro y el último en el de Salamanca. A finales del año pasado, las cifras hablaban de una cantidad que oscilaba entre los 8.000 y los 11.000 pisos irregulares en la capital.

Con todo, Almeida debe esperar para modificar una ordenanza que data de la era Carmena. Según esta normativa, para obtener nuevos permisos, los pisos turísticos deben tener un acceso diferenciado del resto de vecinos, lo que elimina de un plumazo al 95 por ciento de los que están en vigor, según los datos que manejaba el Ayuntamiento en aquella época. La regulación es aplicable a los establecimientos que la Comunidad de Madrid define como VUT (por las siglas de Viviendas de Uso Turístico), que son los que se alquilan 90 días o más al año.

Como era de esperar, los propietarios no se quedaron de brazos cruzados y recurrieron la norma en los tribunales. A la espera de que la sentencia sea firme, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado su suspensión cautelar.

¿Qué se espera del nuevo plan que quiere aprobar Almeida?

  • ¿Serán iguales ante la norma todas las viviendas de uso turístico? No. Se diferenciará las que tengan principio de unidad de explotación (mediante precio, de forma profesonal y sin carácter de residencia permanente) de las de alquiler puntual.
  • ¿Tendrán los vecinos derecho a veto? Se aplicaría la Ley de Propiedad Horizontal, que exige el consenso de tres quintas partes de la comunidad de vecinos para permitir que el dueño ponga su vivienda en alquiler en este régimen.
  • ¿Cuántos podrá haber por cada bloque? Bajo la premisa anterior, la lógica dicta que el número máximo de pisos turísticos permitidos se correspondería a las 2/5 partes restantes del edificio. Sería una forma de mantener el equilibrio.