¿Crimen violento?

La Fiscalía de Madrid se opone a reabrir la causa por la muerte de La Veneno

Recuerda que tanto el informe de la autopsia como la investigación policial “ya descartaron la existencia de un presunto delito de homicidio”. La familia insiste en la tesis de que la actriz tuvo una muerte “de origen violento y lesivo-homicida”

Curiosos y Admiradores frente a la placa dedicada a Cristina La Veneno, situada en el Paseo de Camoens.@Cipriano Pastrano
Curiosos y Admiradores frente a la placa dedicada a Cristina La Veneno, situada en el Paseo de Camoens.@Cipriano PastranoCipriano Pastrano DelgadoMadrid

Los abogados de la familia de Cristina Ortiz, La Veneno, están dando la batalla por reabrir la causa judicial por su muerte. A tal efecto presentaron un informe con el que, sin embargo, no está de acuerdo la Fiscalía Provincial de Madrid, que lo acaba de impugnar. La representación legal de la fallecida interpuso este recurso contra el auto que denegaba la reapertura de las actuaciones para investigar las causas de su muerte. Aquella decisión se fundamentó en el hecho de que en el último informe aportado por un perito no se desprendía ningún indicio nuevo acerca de la presunta muerte violenta de la actriz que no hubiera sido valorado antes. La Fiscalía, por su parte, alega ahora para oponerse a la reapertura del procedimiento que tanto el informe de la autopsia como la investigación policial “ya descartaron la existencia de un presunto delito de homicidio”.

“Fracaso visceral multiorgánico”, según la autopsia

El informe presentado por la representación legal de la familia señalaba que la muerte de La Veneno era “de origen violento y lesivo-homicida”. La Fiscalía, sin embargo, se remite al informe de la autopsia donde se recoge que la muerte “aconteció por un fracaso visceral multiorgánico con septicemia y hemorragia meningoencefálica” y que, además no existía en su cuerpo ninguna lesión de lucha o defensa que pudieran hacer pensar en una etiología violenta.

La Fiscalía subraya que la petición de reapertura se basa en un informe pericial aportado por la acusación particular que se basa en el análisis de unas fotos “tomadas sin consentimiento en el hospital” y donde se señala que el cadáver tenía unas lesiones “que no son expuestas por el médico forense en su informe de autopsia” y que acreditarían la existencia de una muerte violenta que debería investigarse. Apuntaba también el informe que existían sospechas acerca de que el autor de dichas lesiones podría haber sido la pareja sentimental de la actriz.

“Los familiares sacaron fotos a la paciente”

Sobre estas imágenes, sin embargo, ya se produjo un pronunciamiento por parte de la Fiscalía. Y es que, según señaló en su día, estás fotografías no aparecen unidas al procedimiento y a ello se añade que, “aparte de ser fotos obtenidas de forma irregular y sin la autorización de los responsables del hospital”, lo cierto es que la hipótesis de la muerte violenta se basaba “esencialmente” en una reinterpretación de datos ya existentes sobre un suceso acaecido hace más de cuatro años. Y es que, según consta en una denuncia de una auxiliar de enfermería, “los familiares de Cristina Ortiz estuvieron sacando varias fotos a los aparatos médicos y a la paciente teniendo que llamar a Seguridad y Policía Nacional para ser expulsadas contraviniendo las normas del Hospital donde está prohibido sacar fotos y grabar videos”.

También rebate la Fiscalía la teoría del perito de parte de que no se investigó suficientemente el crimen porque existían diversas contradicciones en el testimonio de la pareja de la actriz. De hecho aduce que en el informe aparecen “meras conjeturas” que carecen de “soporte probatorio” y que, por lo tanto no pueden conllevar ni a la reapertura del procedimiento ni a la catalogación como muerte violenta del fallecimiento de La Veneno.

Por último, a la Fiscalía, según informan desde este organismo, le llama “poderosamente” la atención el oficio policial recibido, “sin petición alguna del Juzgado,” en el que una funcionaria del Cuerpo Nacional de Policía, “a título personal y cuatro años después de producirse lo hechos”, quería poner en conocimiento del juzgado diversos extremos, “oficio en que se basa el recurrente para señalar que debe reabrirse las presentes actuaciones”.