Piscinas

¿Cobrar más en una piscina pública a los no empadronados? Esto es lo que dice la ley

Varios municipios madrileños aumentan el doble la entrada a quienes no disponen del Padrón

Imagen de las piscinas de Madrid
Imagen de las piscinas de MadridEuropa Press

En verano llega el tiempo de playa o piscina, dependiendo de los gustos. En la Comunidad de Madrid ya se ha registrado una alta afluencia en las piscinas públicas durante el primer mes del verano, tanto que casi es imposible conseguir entradas. Aunque existen descuentos para la mayoría de usuarios, varios ayuntamientos madrileños están implementando una práctica, que ya el año pasado se consideró como ilegal.

En los últimos años, muchos municipios han establecido diferentes tarifas de acceso para beneficiar a sus vecinos en temporada alta, algo que en 2023, el Tribunal Supremo ya lo declaró como irregular. Aún así, este año algunos ayuntamientos continúan con esos precios considerados como 'discriminatorios' y los madrileños se han mencionado ante tal práctica.

Precios discriminatorios

Aunque muchos ayuntamientos ya han eliminado la diferencia de precios, otros como Soto del Real, Leganés, Boadilla del Monte, Collado Villalba, Torrejón de Ardoz, Móstoles, Buitrago del Lozoya y Griñón cuentan con ella. Todos ellos ya lo aplicaban en años anteriores, aunque algunos se comprometieron con cambiarlo. Sin embargo, lejos de la realidad, algunos tienen precios que triplican la tarifa de empadronados.

En Torrejón de Ardoz, las entradas de personas mayores de 65 años pasan de 1,20 euros (empadronados) a 4 euros (no empadronados). Igual pasa en Leganés, donde las entradas pasan de 5,20 a 10,40 euros. En el caso de Alcobendas o San Sebastián de los Reyes, los precios son aún mayores: de un día por 5 euros para empadronados hasta los 9 euros para los no empadronados.

Las autoridades reclaman un cambio

Aunque el Tribunal Supremo ya se declaró en contra de dicha práctica en varias sentencias, el Defensor del Pueblo ha detallado en su informe anual la preocupación ante tantas quejas. Por su parte, la Federación de Consumidores FACUA ha insistido en la sentencia del Supremo pidiendo a los ayuntamientos que rectifiquen sus precios para no acabar en tribunales.

Según la resolución del Supremo, el empadronamiento no es razón suficiente para justificar dichas diferencias en un servicio público como la piscina municipal. Por tanto, los ayuntamientos no pueden ofrecer descuentos a los empadronados ni tampoco cobrar más a los que no lo son. En caso de que exista una bonificación, debe de estar respaldada por alguna norma con rango de ley.