La historia final

De cómo sobrevivió en 1615 Ana Ruiz, viuda (II)

En ningún lugar se hace alusión a que ella hubiera tenido hijos con su esposo. Mejor para ella: menos quebraderos de cabeza

Plaza Mayor, de Madrid
Plaza Mayor, de MadridDavid JarLa Razon

Como decía ayer, cuando Ana Ruiz se quedó viuda, fue con un matrimonio conocido (del que él era mercader de lencería, como su esposo muerto) ante un escribano de Madrid. Se iba a firmar una escritura por la cual ellos, el matrimonio, compraba todos los productos de la tienda de Ana y su esposo muerto, pagaba las deudas que quedaban por pagar, el matrimonio alquilaba durante seis meses toda la casa en la que vivieron Ana y su esposo y es de suponer que estaba la tienda de telas, y le dejaban a ella un apartamento en el inmueble y pactaban otras cosas.

Así he ido desgranando qué se quedó, y en qué condiciones, Ana Ruiz después de su viudedad y cómo con esta escritura ante escribano, la Fortuna le brindó seis años para ir recomponiendo la vida.

Entre los acuerdos del pacto, consta que vivían en la casa, al parecer, unos huéspedes: lo que pagaban sería también –a partir de ahora– para el matrimonio.

Se obligaban a que durante los seis años del arrendamiento se mantendrían como Ana Ruiz dijera, a las dos personas que dijera, los encargos de labores hechos como se venían haciendo «como son camisas, zaragüeyes y escarpines y jergones».

Del mismo modo que nombraban a Pedro Blanco, alguacil de Casa y Corte, como fiador del matrimonio. Pedro Blanco era hermano de Hernando y estaba presente. El escribano le leyó la escritura «de vervo ad berbum» como literalmente registra el notario y la aceptó.

Aceptó la viuda todo lo contenido en la escritura (la fórmula jurídica es extensa, más de un folio) y la mujer casada y mayor de 25 años juró «por Dios Nuestro Señor y por Santa María su bendita madre, y por las palabras de los santos cuatro evangelios y por una señal de cruz tal como esta + en que corporalmente puso su mano derecha en la de mi el escribano» (he copiado el texto íntegro porque me parece fantástico), de no ir nunca contra los contenidos de la escritura porque la otorgó libremente, o como consta, sin miedo, premio, fuerza, ni inducimiento «del dicho su marido».

Terminados los actos notariales, se expidió duplicado de la escritura para las partes.

Actuaron como testigos Alonso Téllez de Leiva y Juan Gutiérrez y Pedro Martínez, de los que no se sabe nada, absolutamente nada, salvo que hubo tres personas que un día acudieron como testigos ante un escribano. No pasan de ser solo unos nombres escritos. Miento: a la hora de firmar la escritura, el marido y el fiador firmaron. Sin embargo, ellas «dijeron no saber escribir», por lo que a su ruego rubricaron en sus nombres Téllez de Leiva y Pedro Martínez. Ese es el otro testimonio de su paso por el mundo: que sabían escribir y firmar.

El consabido «Pasó ante mi, Antonio de la Calle», con firma y rúbrica cerraba la escritura de más de 20 páginas, que está en el protocolo 1.343.

Desde ese día aquella viuda, Ana Ruiz, quedó liberada de todas las deudas contraídas en su anterior vida, la de casada con Pedro Maza. Igualmente, recibió una parte excedente del inventario y tasación que hicieron dos mercaderes de lencería de toda la tienda que tenían cuando Pedro Maza aún vivía. Comoquiera que la casa en que a partir de ahora iban a morar Hernando Blanco y su mujer era de la viuda, le pagaban un alquiler. Ella, por su parte, tendría que abonarles lo acordado por ocupar un piso del inmueble.

En ningún lugar se hace mención, ni alusión, a que Ana Ruiz hubiera tenido hijos con su esposo. Mejor para ella: menos quebraderos de cabeza. Quedó protegida con algunos dineros, algunos en efectivo, pero sobre todo del alquiler de la casa. La costumbre arranca desde entonces, si no antes. Es una canallada quebrar el derecho de propiedad y el seguro para la vejez que es el haber metido los ahorros en una casa para poderla alquilar.

Desde luego, como no quedó la viuda, fue expoliada, abusada o lo que se quiera. El derecho castellano, por un lado, garantizado por el rey y sus tribunales, y por otro, el sentido común, la protegieron. Porque era viuda de un mercader, sin duda. Otras muchas, para las que regía el mismo derecho, no quedarían en buena situación. Y unas terceras quedarían aún mejor.

Acaso la viuda, si tenía algún atractivo, o alguna destreza valorable, volviera a contraer matrimonio y participaría así en una nueva compañía comercial aportando esos bienes intangibles a la nueva empresa. A ello le llamamos estrategias demográficas, o sociales.

Todo este mundo que se refleja en un único documento, porque responde a derecho, todo ese mundo –digo– si en algún momento de la Historia se alteró, fue cuando el romántico amor, esa enajenación mental transitoria, empezó a regir con común aplauso contra el sí de las niñas, los comportamientos de hombres y mujeres y que es capaz de construir los más inimaginables lazos de unión, y que es capaz de hacer saltar un edificio entero con tan solo la fuerza de su cuña.

Seguiré contando historias de mujeres y sus dineros.

Alfredo Alvar Ezquerra es profesor de Investigación del CSIC