DGT
¿A cuánto asciende la multa por llevar el parabrisas sucio?
En principio, llevar el parabrisas sucio no está considerado una infracción. Sin embargo, hay situaciones en las que sí que puede ser motivo de multa
El Reglamento General de Circulación es el documento en el que se establecen los derechos y obligaciones de cada uno de los usuarios de la vía. Esta normativa contempla las sanciones de tráfico como mecanismo necesario para prevenir accidentes, garantizar la seguridad y la fluidez de en las carreteras de nuestro país. Y cuando hablamos de comportamientos que favorecen los accidentes de tráfico, solemos pensar en el alcohol, en las drogas o en la conducción temeraria.
Y es cierto, todos estos comportamientos son factores asociados con una gran proporción de accidentes de tráfico. Sin embargo, también hay otros muchos elementos que pueden provocar un accidente y que, por lo tanto, también están prohibidos por las normas de la Dirección General de Tráfico (DGT).
A medida que los conductores van cogiendo callo, se van sintiendo más y más relajados al volante, lo que les empuja a descuidar su forma de conducir, empiezan a juguetear con el móvil cuando están conduciendo, se saltan los semáforos en rojo, utilizan chanclas para conducir… y se olvidan de limpiar el parabrisas de vez en cuando.
¿Es motivo de multa?
En principio, llevar el parabrisas sucio no está considerado una infracción. Sin embargo, en el artículo 19.1 del Reglamento General de Circulación se indica que “la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule sin interferencias de láminas o adhesivos”.
Es decir, que el parabrisas sí que puede estar sucio, pero dentro de lo que pueda considerarse razonable y siempre que no estorbe a la perfecta visión de la carretera. Queda -entonces- a la libre interpretación de los agentes de tráfico decidir si imponer o no una sanción económica a los conductores que no dispongan de una visión completa y diáfana de la carretera.
Concretamente, esta multa asciende hasta los 80 o -incluso- los 200 euros (en un caso extremo). De hecho, una interpretación más o menos rigurosa de esta norma, algo tan común como es un ambientador colgado del retrovisor podría suponer una infracción de este artículo, al dificultar la visión del conductor a través del cristal. También se podría extender a otros los colgantes, rosarios o manualidades que podemos dejar colgadas. En resumen, la mejor opción es no jugársela y dedicarle un poco de tiempo a limpiar el coche de vez en cuando.
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