Tribunales
José López (MC), condenado por coacciones a un funcionario
Deberá pagar una multa de 360 euros como autor de un delito leve de coacciones por haber exigido un expediente a gritos a un funcionario
El Juzgado de Instrucción número 3 de Cartagena ha condenado al concejal de Movimiento Ciudadano (MC) y ex alcalde de Cartagena, José López, a pagar una multa de 360 euros como autor de un delito leve de coacciones por haber exigido un expediente a gritos a un funcionario.
En concreto, los hechos se remontan al 26 de junio de 2020, cuando López, siendo concejal de MC, se personó en el despacho de una jurídico del Ayuntamiento. Iba acompañado por el portavoz de MC, Jesús Jiménez, la edil de ese mismo partido, María José Soler, y un abogado, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
Acudieron al despacho con el fin de consultar un expediente cuya visualización se había autorizado al Grupo Municipal de MC. Cuando se les comunicó que no podían ver el documento por estar pendiente de unos informes, López se dirigió el funcionario del Ayuntamiento de Cartagena que ocupaba el puesto de Jefe del Área del Infraestructuras.
La sentencia recoge que López comenzó a “levantar la voz”, profiriendo la expresión “no me voy de aquí sin el expediente, tengo que ver el expediente, no te vas de aquí hasta que no se enseñes el expediente”.
“Todo ello con gritos” por parte de López, tal y como establece la sentencia, que refleja que el funcionario se intentó marchar del despacho pero el ex alcalde se lo impidió en un primer momento. Finalmente, el funcionario pudo abandonar la estancia.
La sentencia establece que los hechos constituyen un delito leve de coacciones tras haberse acreditado por la declaración del denunciante, que coincide con la de un testigo.
El Juzgado ha valorado el alcance de las expresiones vertidas “por su contexto y la forma en la que fueron proferidas, generándose una situación tensa en el Ayuntamiento, siendo recriminable dicha actuación al denunciado, representante de un grupo político en elConsistorio”.
Por otro lado, el juez explica que el hecho de que, en un primer momento, López impidiera al funcionario que se marchara del despacho “se incardina en las propias coacciones”.
No obstante, el juez no aprecia maltrato de obra debido a que el denunciante manifestó que López se le acercó a “escasa distancia, impidiéndole en un primer momento que se marchara”, pero poco después se pudo marchar y no concurrió agresión física.
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