Opinión

El brindis al sol de Sánchez

Por mucho que la ley establezca que el sujeto pasivo de un determinado impuesto (esto es, el obligado a pagarlo) es cierto agente económico, muchos tributos terminan repercutiéndose sobre terceros. Sucedió con el IVA al cine: aunque teóricamente esta figura impositiva debía recaer sobre los consumidores que compraran las entradas, debido a la intensa competencia que existía en el sector y debido a lo prescindible que era para muchos consumidores acudir al cine, fueron las propias salas las que acabaron internalizando la subida del IVA contra sus menores márgenes empresariales. Así podríamos diferenciar entre quién está obligado a recaudar el impuesto para efectuar su ingreso en la correspondiente administración tributaria (el sujeto pasivo de acuerdo con la ley) y quién desembolsa realmente el impuesto con cargo a su patrimonio (que puede coincidir o no con el sujeto pasivo contenido en la ley). Semejante diferenciación es crucial para entender el desaguisado acaecido alrededor del llamado «impuesto sobre las hipotecas». Como es sabido, el Tribunal Supremo revisó el pasado 18 de octubre la jurisprudencia que había asentado durante las décadas anteriores y sentenció que el sujeto pasivo de este impuesto era el banco, no el hipotecado. Con respecto a las futuras hipotecas, la resolución del Supremo sólo afectaba a quién era el encargado de recaudar e ingresar el AJD en las haciendas autonómicas, pero no necesariamente a quién soportaba el auténtico coste del tributo: a la postre, los bancos detentan un poder oligopolístico sobre el mercado (pues la ley impide la apertura de nuevas entidades financieras que entablen competencia), lo que les permite repercutir ese tributo sobre sus clientes. La verdadera polémica no era ésa, sino si la banca debía asumir retroactivamente ese coste en función de las hipotecas concedidas durante los últimos cuatro años (dado que sobre ellas carecía de margen alguno de reacción). Finalmente, el Pleno del Supremo ha decidido que el sujeto pasivo del impuesto no ha de ser la banca, sino el hipotecado, regresando así a su jurisprudencia previa y, sobre todo, cerrando cualquier puerta a la retroactividad del cambio del sujeto pasivo del impuesto. Fin de la historia. Pero hete aquí que Pedro Sánchez ha querido subirse al carro del populismo barato y acaba de anunciar una reforma de la ley para convertir a los bancos en sujeto pasivo del AJD. Es decir, que nada va a cambiar: las entidades financieras se limitarán a repercutir el tributo a sus clientes y éstos seguirán siendo quienes de verdad soporten el coste de tal figura impositiva. Si de verdad el PSOE o Podemos quisieran que los futuros hipotecados dejaran de abonarlo, simplemente eliminarían el impuesto; si de verdad quisieran compensar a los hipotecados pasados por haber pagado el impuesto, instarían a las haciendas autonómicas a que les reintegraran tales sumas. Pero no harán ni lo uno ni lo otro porque lo suyo es la propaganda, no las soluciones reales a los problemas de los ciudadanos.