Opinión

Derecho marítimo internacional

Ante todo no teman: no trataré de abrumarles con pretendidas doctas consideraciones de Derecho Marítimo Internacional (DMI) sobre todo, porque si logro convencerles con estas líneas, verán que probablemente va a sufrir pronto cambios profundos. El DMI no solo lo encontraremos en los tratados firmados sino que también se alimenta con la práctica diaria de lo que las naciones aceptan o consideran rechazable. Dos apresamientos recientes de buques nos servirán para ilustrar este pequeño manual práctico de DMI que pretendo dibujar: el del petrolero de propiedad iraní «Grace 1» llevado a cabo por autoridades británicas en aguas de Gibraltar el pasado día 4 y el de bandera británica «Stena Impero» en el Estrecho de Ormuz por parte de militares iraníes del viernes 19.

El DMI tiene poco que decir en tiempo de guerra: los combatientes pueden actuar libremente en aguas internacionales o costeras del enemigo sin más que algunas limitaciones de índole humanitaria que no viene a cuento mencionar ahora. Pero en situación de paz los buques mercantes tienen sustanciales protecciones en aguas internacionales y muy especialmente en sus tránsitos por los estrechos que son puntos críticos de concentración de tráfico. En estas situaciones, sobre un mercante solo puede actuar –pararlo, registrarlo o apresarlo– fuerzas navales o policiales de la misma bandera. Por ejemplo, un juez español debe conseguir autorización de la nación que abandera un buque sospechoso de transportar drogas antes de autorizar su abordaje en aguas internacionales. Y aportar pruebas de que se dirige a España. Pero si el mercante entra en aguas territoriales de una nación –o naturalmente en puerto– entonces sí, la nación ribereña puede ejercer su jurisdicción plena. Solo en ese caso.

¿Por qué las naciones marítimas poderosas han accedido a limitar sus acciones sobre los mercantes de otros países más débiles en tiempo de paz? La respuesta es muy sencilla: por temor a la reciprocidad, es decir, a que esos débiles puedan actuar contra sus mercantes. Por potente que sea una Marina de Guerra no puede estar en todas partes a la vez. Mejor confiar la defensa de tus buques mercantes en paz al DMI, que a los cañones de tus escasas fragatas.

El apresamiento del «Grace 1» tiene bastantes puntos oscuros desde el punto de vista legal. Las autoridades británicas han utilizado a las gibraltareñas como si las relaciones exteriores de la Roca no fueran asumidas por ellos. Como si Gibraltar no fuera una colonia británica y si una nación independiente. Esta «prudencia» británica indica un cierto temor a las repercusiones marítimas que está en el mismo origen del DMI. Y esto no tiene nada que ver con que el buque iraní fondeara en aguas reclamadas por los británicos y disputadas por nosotros. El alegar un bloqueo a Siria por parte de la UE al mismo tiempo que se está en conversaciones para abandonar la Unión, muestra además de un cierto cinismo, una preocupación desde el punto de vista legal internacional hacia los pasos que se están adoptando. También desde una perspectiva puramente política, la postura británica muestra una cierta incoherencia al alinearse incondicionalmente con la administración Trump, separándose así de la postura común europea que trata de salvar –aunque sea reformándolo– el pacto de limitación nuclear con Irán.

La respuesta iraní a esta acción británica –apenas dos semanas después– estaba anunciada. E incluso antes se intentó un apresamiento de un buque de propiedad británica que fue abortada por la actuación de su única fragata presente en el Golfo Pérsico. Pero el pasado 20 de julio esta fragata no supo o pudo evitar que el «Stena Impero» –esta vez un buque con plena bandera británica en la popa– fuera apresada por unidades militares iraníes alegando unos motivos banales en el Estrecho de Ormuz. Todo parece indicar que con esta acción que vulnera el DMI todavía más claramente que el apresamiento en Gibraltar, Irán pretende adquirir una baza negociable para la liberación del «Grace 1». Tic por tac. Pero es que además los iraníes detuvieron brevemente a otro buque de propiedad británica –el «Mesdar»– pero con bandera de Liberia, que fue liberado a continuación meramente con una advertencia. Esto parece querer demostrar a los británicos que sus intereses pueden ser atacados más extensamente, pero que por el momento Irán solo pretende lograr una contrapartida equivalente para lograr la liberación de su buque. El que las tácticas híbridas –mezclando medidas militares clásicas, con otras rayanas en la ilegalidad y el terrorismo– alcanzaran el ámbito marítimo era meramente cuestión de tiempo. El apresamiento por los rusos de unas dotaciones de patrulleros ucranianos en el Estrecho de Kerch el pasado noviembre fue un primer aldabonazo. El affaire Grace/Stena Impero es otra muestra más de que la manipulación hostil del DMI y las regulaciones marítimas esta cada día más cerca.

La postura general política de Irán muestra síntomas de aspirar a que la totalidad del Golfo Pérsico –y muy especialmente– el Estrecho de Ormuz sea un espacio de soberanía de manera análoga a como China pretende que la comunidad internacional considere el Mar Meridional como sus aguas. El Golfo Pérsico y el Mar Meridional de China son espacios marítimos internacionales libres a las prácticas comerciales legales y no el corralito de nadie. Los astronautas del Apolo 11 pudieron ver nuestra Tierra como un precioso planeta azul precisamente porque está casi cubierto de mares y océanos que nos han dado vida y prosperidad a la Humanidad. Como sigamos así dentro de poco se van a poder divisar murallas en ese mundo azul lo que no presagia nada bueno. Nuestros políticos deberían preocuparse de algo más allá de su supervivencia y prestar atención a esta evolución del DMI que en la práctica tiene aspectos preocupantes para una nación como España. No querer problemas no significa que estos problemas no te alcancen a ti. Al menos, los marítimos.