Unión Europea

Denuncia anónima

Todo el peso que pone en la defensa de los denunciantes lo omite en cuanto a los derechos del denunciado

Luis García - Mauriño

El 23 de octubre de 2019, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea adoptaron la Directiva 2019/1937, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. Esta Directiva busca proporcionar una gran protección para los denunciantes.

El trabajo realizado dista mucho de ser equilibrado, pues todo el peso que pone en la defensa de los denunciantes lo omite en cuanto a los derechos del denunciado. La salvaguarda de su honor la fía a la aplicación de las leyes nacionales a posteriori; es decir, primero se produce una denuncia anónima, que puede ser equivocada o falsa, y, además, pública, y luego corresponde a la «persona afectada» luchar en los tribunales por la restitución de su honorabilidad.

Este desarrollo tan desequilibrado de la Directiva, unido al concepto de «libertad de prensa» que hemos desarrollado en España, dejaría a cualquier persona a merced de denuncias anónimas interesadas, siendo este motivo más que suficiente para advertir a nuestros legisladores que la transposición de dicha Directiva a nivel nacional requiere de mucha prudencia y varios hervores.

No obstante, incluso en cosas imperfectas aparecen elementos útiles. El primer elemento interesante es el procedimiento. La Directiva recomienda establecer dos canales para el trámite de denuncias: uno interno en la propia organización y otro externo, ajeno a la organización. El objetivo de canal interno es facilitar a la organización de que se trate la posibilidad de investigar parcelas de su propia estructura que podrían estar poco claras. El objetivo del segundo canal es asegurarse de que no se generen áreas de la organización que deliberadamente adoptan prácticas poco recomendables.

Otro aspecto interesante es el propio concepto de denuncia anónima. Lógicamente, al proteger la identidad del denunciante de modo que no pueda sufrir represalias, es de esperar que las personas se animen a denunciar prácticas irregulares, lo que redundará siempre en beneficio de la justicia, la transparencia y la eficacia.

Las Fuerzas Armadas han sido siempre renuentes a la denuncia anónima. El Real Decreto 176/2014, sobre iniciativas y quejas, requiere la identificación del denunciante y su trámite por conducto reglamentario. Esto deja a merced de posibles represalias a la persona que efectúa la denuncia. Posiblemente sea esta la razón de que se hayan producido muy pocas a lo largo de este periodo de siete años desde su implantación.

Pero existe otro grave inconveniente. Las personas que encuentran razones para una queja, descorazonadas por el procedimiento existente actualmente, pueden sentir la tentación de emplear otros canales para realizar su denuncia y, así, aparecen en las redes sociales grupos anónimos que se dedican a recoger estas denuncias. Comoquiera que un grupo anónimo no puede ser interlocutor válido de ninguna organización, pues, aparte de su dudosa legitimidad, perdería en esta interlocución su carácter anónimo, no queda a estos grupos otra solución que lanzarlas públicamente. De este modo, se llega a la peor de las situaciones posibles.

Por una parte, se lanzan denuncias públicas, a veces recogidas por algunos medios de comunicación social, sobre la base de hechos cuestionables, manipulados o insuficientemente contrastados, que acusan directamente a personas concretas o fácilmente identificables. Esta actuación es canallesca, pues estas «personas afectadas» quedan expuestas en su honorabilidad sin que puedan siquiera defenderse.

Por otra parte, ninguna organización seria puede entrar en el juego de ponerse a investigar toda denuncia pública y anónima, porque es sabido que en muchos casos obedecen a todo tipo de razones ocultas y partidistas.

Así las cosas, la Asociación «Tercios Viejos españoles» (TERVIES) ha adoptado recientemente una posición intermedia que puede ser útil y razonable. TERVIES ha invitado a sus socios a formular denuncias ante nuestra Asociación, siendo responsabilidad de TERVIES su traslado al Ministerio de Defensa de forma confidencial y sin citar la fuente de la denuncia. En este proceso, uno de los órganos de la Asociación, el Comité Ético, realiza una primera criba de las denuncias recibidas, asegurándose que sólo se tramitan aquellas que están dentro del código ético de nuestra Asociación, que viene expresado en sus Estatutos.

Creemos que así se produce un equilibrio razonable entre la protección del denunciante y las garantías de inocencia del denunciado. TERVIES estaría actuando como un canal de denuncia externo al Ministerio de Defensa, pero con espíritu de colaboración con el Ministerio, pues le hace llegar, de forma confidencial, información que le puede ser útil para investigar posibles irregularidades, en ese afán de búsqueda de la justicia, la transparencia y la eficacia, que ha caracterizado siempre a las Fuerzas Armadas.

El coronel Luis García-Mauriño es presidente de la asociación “Tercios Viejos españoles”, una asociación profesional militar que busca la regeneración de la vida militar y la defensa de los mejores valores de los ejércitos que hicieron grande a España.

www.asociacionterciosviejos.com