Gobierno de España
Con la Constitución no se improvisa
No es habitual que las reformas constitucionales se anuncien en entrevistas matinales en la televisión, aunque sea en la pública. En primer lugar, por una elemental cuestión de método: necesita un número determinado de diputados que no tiene para sacarla adelante, por lo que es necesario un acuerdo con el resto de partidos. Por cortesía, pero sobre todo por seriedad, debería haber informado antes a las formaciones que creen deben participar en esta operación, PP, Cs, además de los que considera sus socios, Unidas Podemos y PNV. Pero de nuevo se ha guiado por un oportunismo motivado por los problemas que tiene para conseguir su propia investidura. Efectivamente hay una situación de bloqueo que tiene visos de instalarse en nuestro sistema político por la ausencia de partidos con mayorías holgadas. Pero no olvidemos que los problemas que tiene Sánchez son con su socio preferente, Pablo Iglesias, con el que ha fabricado una ficción política basada en que disponen de una «mayoría de progreso» suficiente, aunque sean incapaces de sellar un acuerdo. La de elegir a Unidas Podemos como socio principal fue su opción política y el bloqueo que sufre el sistema es la consecuencia más directa. Ayer propuso reformar la Constitución en su artículo 99, que es el que regula la investidura, en el sentido de que gobierne la lista más votada, en la línea del artículo 196 de la Ley Orgánica del régimen electoral general, que es la que se sigue en la elección de alcaldes en los Ayuntamientos. No dio más detalles y se limitó a decir que este artículo «no funciona». Sin duda es un verdadero estorbo en este nuevo contexto político. En su punto número tres, este artículo establece que el Congreso debe otorgar la confianza de la Cámara al candidato propuesto por el Rey por mayoría absoluta de sus miembros en una primera votación. Si esa mayoría no se alcanza, la misma propuesta se someterá a nueva votación 48 horas después. Ese es el escenario al que nos podemos abocar a partir del próximo día 22, con la perspectiva señalada en punto cinco, según el cual si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, el Congreso no inviste a ningún candidato, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones. Oportunista o no, la necesidad de esta reforma se viene planteando hace tiempo, reafirmada hace unos días por dirigentes populares, por la necesidad de una estabilidad que ahora resulta imposible. Pero primero conviene marcar los tiempos con exactitud porque la desquiciada negociación de Sánchez con Iglesias no debe hacer perder de vista que la reforma habrá que dejarla para esta legislatura, si es que arranca. Si hay acuerdo y se dispone de las tres quintas partes del Congreso y del Senado, podrá ponerse en marcha el procedimiento, que es menos gravoso, similar al empleado por las reformas del sufragio activo y pasivo para los ciudadanos europeos (27 de agosto de 1992) y la de estabilidad presupuestaria (23 de agosto de 2011). Pero en la que se propone ahora de arbitrar que gobierne la lista más votada hay muchos aspectos del articulado que no puede improvisarse: desde los plazos de tiempo que deben cumplirse para que quien cuenta con más votos sea automáticamente nombrado presidente o el papel del Rey en la ronda de consultas. El único inconveniente procede precisamente del socio de Sánchez, Iglesias, que ha anunciado en varias ocasiones que pedirá un referéndum para aprobar cualquier reforma constitucional, ya que el grupo de Iglesias dispone del número de diputados exigidos para pedir una consulta, incluso si propone una reforma más en profundidad, como tantas veces ha propuesto. En cualquier reforma de la Constitución no se puede improvisar.
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