Barcelona

El supremo destapa la cacería contra Jorge Fernández Díaz

La Razón
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Tal vez, lo único que cabría reprochar al auto –por otro lado impecable– de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que inadmite la querella contra el ex ministro del Interior Jorge Fernández Díaz y contra el ex director de la Oficina Antifraude de Cataluña Daniel de Alfonso Laso es que no haya deducido testimonio contra los querellantes por manipulación abusiva de la Justicia o por temeridad. En efecto, de la valoración de los hechos y documentos efectuada por los cinco magistrados de la Sala se desprende una más que reprochable intencionalidad política de los querellantes –el ex alcalde de Barcelona Xavier Trías y Vidal de Llobatera, y la antigua Convergència Democrática de Cataluña (hoy PDCAT), presidida por Artur Mas–, que sin base jurídica alguna buscaron el altavoz de una denuncia judicial para, por una parte, desvirtuar las investigaciones que realizaban diversos organismos de la Seguridad del Estado contra la corrupción en el entorno de Convergència, y, por otra, deslegitimar la actuación del Gobierno y de las instituciones judiciales contra el desafío separatista planteado desde la propia Generalitat de Cataluña. En el camino, no importaba que las víctimas de un hecho inaudito, como son las grabaciones subrepticias de dos conversaciones privadas entre un ministro y un alto cargo de la Generalitat, sufrieran en su honor y en su nombre las consecuencias de un ataque puramente sectario, amparado torticeramente en un procedimiento jurisdiccional, cuando, como indica el auto del Tribunal Supremo, con esas reuniones se daba cumplimiento al artículo 14 de la Ley 14 /2008 de 5 de noviembre, que establece que la Oficina Antifraude de Cataluña debe cooperar con la Administración General del Estado, a la que puede solicitar los datos y antecedentes que precise para cumplir sus funciones. No deja de ser, además, un sarcasmo que los mismos que se beneficiaban políticamente de la filtración de las conversaciones a un medio de comunicación de la izquierda acusaran –una vez más sin base alguna– a Fernández Díaz de filtrar a otro medio datos sobre una inexistente cuenta bancaria en Suiza del ex alcalde Trías. Con el agravante de que las citadas grabaciones –fragmentarias y con evidentes interrupciones, como señala el auto del Tribunal Supremo– habían sido manipuladas con toda probabilidad. No es la primera vez que asistimos al triste espectáculo del uso de la Justicia con fines espurios, habitualmente para tratar de destruir la fama y la credibilidad de un adversario político al que no se ha podido vencer en las urnas. En este caso, el perjudicado ha sido un ex ministro del Gobierno de Mariano Rajoy como Jorge Fernández Díaz, cuya trayectoria al frente de Interior fue impecable desde todos los puntos de vista. Una persecución política que se prolongó –aventando las mismas acusaciones falsas que ha desmontado el Supremo– más allá de su permanencia en el cargo. Por fortuna, el sistema judicial español siempre acaba por restablecer la justicia. Otra cuestión, y no la menor, es cómo se debería actuar contra quienes se sirven de ella, utilizando la inevitable instrucción procesal como un instrumento más de su acción política, enervando, mediante la difusión pública y los juicios paralelos en la opinión pública, el principio constitucional de la presunción de inocencia y del derecho al honor.