Iglesia Católica
No habrá «nulidad exprés» en España antes del verano
La Iglesia española espera indicaciones del Vaticano sobre cómo abordar la nulidad matrimonial, ante la inmediata entrada en vigor de un ‘motu proprio’ del Papa para agilizar el proceso y abaratarlo. Las indicaciones que han recibido los prelados nacionales apuntan a que no podrán implantarlo antes del verano, aunque las diócesis más preparadas podrán hacerlo desde el 8 de diciembre. Al año se conceden unas 650 nulidades en las 70 diócesis españolas.
En una entrevista a Servimedia, el obispo de Bilbao y presidente de la Subcomisión Episcopal para la Familia y la defensa de la Vida, Mario Iceta, explicó que las diócesis españolas necesitan "unos meses"para facilitar que pueda "aterrizar” la medida.
“Espero que para el verano puedan estar y que para el curso que viene se pueda poner en marcha. Es una indicación que se nos ha dado, cinco o seis meses. Veremos si se adelanta”, agregó. No obstante, Iceta puntualizó que los cambios llegarán a unas diócesis antes que a otras según las “capacidades” y “herramientas” de las que dispongan. “No es como abrir un tienda de hoy para mañana, que tampoco se abre en un día”, comparó.
«Formados e informados»
De momento, los vicarios judiciales, jueces y demás personal implicado disponen de varios cursos y encuentros sobre Derecho Canónico que ya se han convocado con el objetivo de ser “formados e informados”. Otras fuentes eclesiásticas dijeron a Servimedia que a partir del 8 de diembre no será necesaria una doble sentencia, por lo que en los casos más claros se podrá anular el matrimonio en algunas diócesis.
El 'motu propio' del Papa, anunciado en septiembre yque arrancaría el 8 de diciembre de forma conjunta con el 'Año de la Misericordia' que celebrará la Iglesia, pide que la nulidad sea ágil y barata y establece unos “casos concretos” que pueden seguir esa guía por tener unos “elementos muy evidentes” que no harían necesario el trámite habitual. La decisión del Pontífice también coloca al obispo como “juez” de la diócesis, función que de momento está delegada en vicarios.
Iceta remitió al Derecho Canónico, que establece los “condicionamientos más habituales”, que van desde la falta de madurez al contraer matrimonio a condicionamientos de la libertad, falta de juicio o “desconocimientos esenciales” de la persona con la que se contrae matrimonio. Aunque “la nueva legislación recogerá cuáles son los casos para acudir a nueva vía”.
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