Bruselas

La UE acuerda que la maternidad subrogada sea considerada trata

Los Estados estarán obligados a castigar esta práctica con al menos 5 años de cárcel

Los vientres de alquiler es un asunto envuelto en controversia social y polémica política
Los vientres de alquiler es un asunto envuelto en controversia social y polémica políticalarazonLa Razón

Las tres principales instituciones europea –Consejo, Parlamento y Comisión– han llegado a un acuerdo provisional para que el matrimonio forzado, la adopción ilegal y la maternidad subrogada (conocida también popularmente como «vientres de alquiler») sean considerados delitos dentro de la definición de trata de personas.

Esto significa que los Estados miembros estarán obligados a castigar dentro de sus ordenamientos jurídicos estas prácticas con una pena máxima de al menos cinco años de prisión o de al menos diez en caso de delitos agravados. Bruselas propuso en diciembre de 2022 esta revisión de las normas para luchar contra la explotación sexual y laboral, ya que la normativa actual fue promulgada hace veinte años.

Se considera que se está cometiendo un delito relacionado con la maternidad subrogada cuando la mujer haya sido coaccionada o engañada para aceptar esta práctica. Esta nueva normativa prevé que la pena recaiga en los responsables de esta coacción, no en la gestante que haya acordado alumbrar un bebé en lugar de otra persona o pareja para que éstos sean sus progenitores. Esta legislación no entra en la fondo sobre si los denominados vientres de alquiler deben estar o no permitidos en el club comunitario.

Ahora mismo la maternidad subrogada está prohibida en casi todos los países europeos. Dentro del bloque comunitario, tan sólo Portugal permite esta práctica con fines altruistas. En 2016 se publicó una primera ley que después fue derogada por el Tribunal Constitucional del país al considerar que no contemplaba el derecho de la gestante al arrepentimiento. En 2021 salió finalmente adelante la ley en la que se permite que la gestante pueda revocar su decisión de entregar al bebé hasta 20 días después del parto.

En Reino Unido esta practica también es legal, si no existe ninguna contraprestación económica. Italia, España, Francia y Alemania son algunos de los países que han prohibido todas las formas de gestación subrogadas. En el caso de España, en la práctica muchas parejas que han recurrido a este método fuera de nuestras fronteras acaban consiguiendo que las autoridades nacionales acaben reconociendo la filiación de los bebés gestados a través de la maternidad subrogada.

Italia ha sido uno de los países en poner en marcha una legislación más dura, ya que el Gobierno de Giorgia Meloni ha promovido su consideración como un «delito universal», lo que significa que quien se marche al extranjero tendrá que ser procesado al regresar a Italia, como si el delito se hubiera cometido en el propio país. Quien recurra a este método puede enfrentarse a una prisión de tres meses a dos años y una multa de entre 600.000 a un millón de euros.

En el resto del mundo, Canadá, Estados Unidos, Rusia, Ucrania, Georgia, Suráfrica o Tailandia son algunos de los países que permiten que se realice esta práctica con un grado mayor o menor de permisividad.

Además, las instituciones europeas han decidido incluir nuevas circunstancias agravantes para tener en cuenta el efecto amplificado que las tecnologías de la información y la comunicación puedan tener para la trata, como el hecho de que el autor haya difundido o facilitado la difusión, a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación de imágenes, vídeos o cualquier material de carácter sexual que implique a la víctima.

Asimismo, esta nueva directiva quiere también perseguir a las personas jurídicas implicadas a través de sanciones agravadas para las empresas implicadas en la trata.

Esto incluirá la exclusión del acceso a los fondos públicos, lo que abarcará los procedimientos de licitación, subvenciones, concesiones y licencias y la retirada de permisos y autorizaciones para efectuar las actividades que hayan dado lugar a la comisión del delito.

Además, esta normativa también prevé que las legislaciones nacionales deben considerar una infracción penal que una persona utilice los servicios prestados por una víctima de trata de seres humanos a sabiendas de esta realidad. En este caso, los Estados deben garantizar que el delito sea punible con penas efectivas, proporcionadas y disuasorias. De esta forma, se pone el foco en los clientes que contraten servicios de prostitución siendo conscientes de que la persona que los ofrece no lo hace por propia elección.

Según los datos de la Comisión Europea, la mendicidad, la extracción de órganos, el matrimonio forzado y la adopción ilegal representaron el 2020 el 11% de todas las víctimas de trata.

Ahora este acuerdo provisional entre las tres instituciones deber ser formalizado para que pueda convertirse en realidad, si bien en la mayoría de los casos el texto no sufre cambios.