Eutanasia

Caso Lambert vs. Francia: ¿Eutanasia o, más bien... Homicidio “compasivo”

Caso Lambert vs. Francia: ¿Eutanasia o, más bien... Homicidio “compasivo”
Caso Lambert vs. Francia: ¿Eutanasia o, más bien... Homicidio “compasivo”larazon

El caso del enfermero francés Vincent Lambert, quien tras un accidente de tráfico que le dejó en estado vegetativo durante más de diez años, estaba siendo cuidado y alimentado en un Hospital de Reims, parece que ha llegado en estos días a su momento de desenlace final, tras una larga controversia médica, ética, social y jurisdiccional que divide a la opinión pública francesa e internacional: ¿Es ético, es moralmente correcto, causar la muerte de una persona altamente dependiente como él? ¿Se puede matar de hambre y sed, por inanición, a un ser humano en estado vegetativo? ¿Se puede acabar con la vida de una persona, especialmente cuando no nos consta su consentimiento para ello? ¿Se debería legalizar como un “acto médico” un homicidio aparentemente compasivo?

Es importante advertir que Vincent Lambert, aun con graves lesiones cerebrales, seguramente irrecuperables, no se muere de ninguna enfermedad, no está en coma ni está en muerte cerebral; está vivo y no es un enfermo terminal. Es una persona en estado vegetativo persistente, al que se viene atendiendo con los cuidados básicos que, por ética básica y deontología médica, se debe a todo ser humano en sus circunstancias, que son la hidratación y la alimentación. No se le trata de ninguna enfermedad, ni necesita, que sepamos, ningún otro soporte vital; respira de forma autónoma y no está conectado a máquinas.

Desde 2013, aconsejada por los médicos del hospital, su esposa y representante legal, venía solicitando que se le retirasen a Vincent estos cuidados básicos, con la intención de que muriese. Los padres, que sólo ahora supieron que, durante casi un mes, su hijo ya había sido privado de alimento e hidratación, sin su conocimiento, recurrieron las primeras resoluciones de los tribunales de justicia franceses, y encontraron apoyo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y recientemente, de un Comité experto de la ONU, defendiendo que la pretensión de su cuidadora, que apoya el Gobierno de Francia, no es lícita, no se debe hacer: No les parece justo que se deje morir de hambre y sed a su hijo.

Entiendo que el caso Lambert está siendo utilizado por los partidarios de la eutanasia y el suicidio asistido, para apoyar sus pretensiones de legalizar estas acciones en Europa. No entramos ahora a justificar la grave inmoralidad de la acción eutanásica o del auxilio al suicidio. Porque éste no es un caso de eutanasia, ni de suicidio asistido. No concurren aquí los elementos que la Bioética exige para hablar de eutanasia: No hay un muriente con graves padecimientos que se quieran erradicar causando intencionalmente la muerte, retirando o suprimiendo un tratamiento médico en estado de enfermedad terminal incurable e irreversible; y no consta consentimiento del afectado, ni a la eutanasia ni a que le ayuden a suicidarse.

La nutrición e hidratación no son un tratamiento, son cuidados básicos, que sólo es ético retirar en momentos agónicos, en circunstancias muy extremas, al final de la vida. No hay en este caso ensañamiento terapéutico, ni como algunos han escrito erróneamente, tampoco hay retirada de un tratamiento fútil. Aquí, en cambio, estamos ante la pretensión, de corte eugenésico, de que se autorice legalmente un homicidio de una persona dependiente, algo que choca frontalmente contra el Derecho Natural, la Ética y la Bioética más elementales y contra algunas importantes Declaraciones Internacionales sobre los derechos humanos en general y los derechos humanos de las personas con discapacidad, en particular.

Francia, y Europa en general, pueden bajar muchos estándares morales autorizando el homicidio de Vincent Lambert, porque si se le causa la muerte retirando los cuidados básicos, estaremos incorporando un pernicioso precedente de legalización de un homicidio, que por muy compasivo que se presente, traduce la disolución de un dique moral fundamental de la ética occidental: el reconocimiento de la dignidad y del valor intrínseco y la indisponibilidad de toda vida humana inocente, independientemente de su grado de consciencia, de su estado de desarrollo, salud o autonomía. En nombre de una libertad malentendida, y haciendo prevalentes criterios utilitaristas y hedonistas como la calidad de la vida sobre el valor de la vida en sí misma, estaremos ante un paso más en la desacralización y pérdida del respeto al más básico y fundamental de los bienes que tenemos; el bien de la vida humana, que siempre es digna y acreedora de respeto.

Profesor de Bioética y Derecho

Universidad Rey Juan Carlos