Melilla

El Supremo confirma la condena a cuatro años y siete meses por blanqueo a Laureano Oubiña

El narcotraficante, en libertad desde el 17 de julio, podría volver a la cárcel

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años y siete meses de cárcel impuesta en septiembre de 2012 por la Audiencia Nacional al narcotraficante gallego Laureano Oubiña por un delito de blanqueo de capitales procedentes del tráfico de drogas. La Audiencia debe resolver ahora si le vuelve a ingresar en prisión.

Los magistrados de la Sala de lo Penal, que deliberaron sobre este asunto el pasado 17 de septiembre a puerta cerrada, han rechazado los 13 motivos planteados por la defensa de Oubiña , quien aparte de la pena de cárcel deberá hacer frente al pago de una multa de 2.226.100 euros y el comiso de siete fincas.

Igualmente, el alto tribunal ha rechazado el recurso de otra de las condenadas en esta causa, Emilia Cano, amiga de la que fuera su esposa Esther Lago, según se detalla en la sentencia notificada este jueves.

Oubiña permanece en libertad desde el pasado 17 de julio pese a que aún estaba pendiente la resolución de este recurso ante el Supremo, ya que la Audiencia Nacional señaló en su día que no se trataba de una condena de carácter grave. No obstante, al devenir su condena en firme la Audiencia deberá volver a decidir ahora sobre su situación personal.

Este tribunal condenó además a Carmen Daponte y Emilia Cano -prima y amiga respectivamente de la mujer de Oubiña Esther Lago- a tres años y tres meses de cárcel. No obstante, absolvió al hijastro de Oubiña, David Pérez Lago, y a otros cuatro acusados en esta causa, al considerar que no existían pruebas suficientes en su contra.

Los magistrados de la Audiencia Nacional consideraron probado en su día que Oubiña planeó junto a su esposa Esther Lago, fallecida en 2001, "la forma de aflorar y dar apariencia legal a los fondos procedentes de las operaciones de narcotráfico"que se encontraban ingresados en el Banco Popular de Melilla. Ambos acordaron la compra de la finca denominada 'Nanín' y otras parcelas situadas cerca del que había sido su domicilio habitual, situado en A Laxe, en Villagarcía de Arousa.

Como Oubiña se encontraba por aquel entonces en prisión, "fue Esther Lago quien llevó a cabo todas las gestiones necesarias"para la compra, realizada a través de familiares y otros allegados. Lago creó para la compra una sociedad mercantil que fue adquiriendo las propiedades, siempre con el consentimiento de su marido --dice la sentencia-- que agrega que ninguno de los compradores (entre los que se encuentran las otras dos condenadas) contaba "con ingresos legales"capaces de hacer frente a los gastos derivados de las adquisiciones.

La Fiscalía Antidroga solicitaba por esta causa seis años de prisión para Oubiña al entender que el 'narco' lavó elevadas cantidades procedentes de la venta de droga a través de la construcción de una vivienda en Vilagarcía de Arousa, una finca en Sanxenxo, entre otras propiedades, y del movimiento y cambio de divisas.