Conciliación

La Justicia avala que un padre entre más tarde a trabajar para poder llevar a su hijo a la guardería

La Justicia avala que un padre entre más tarde a trabajar para poder llevar a su hijo a la guardería
La Justicia avala que un padre entre más tarde a trabajar para poder llevar a su hijo a la guarderíalarazon

Un trabajador contaba con el apoyo de sus compañeros para poder entrar más tarde a trabajar para poder llevar a su hijo a la guardería. Sin embargo, su jefe le negó el derecho. Ahora, un juez le ha dado la razón.

Un trabajador contaba con el apoyo de sus compañeros para poder entrar más tarde a trabajar para poder llevar a su hijo a la guardería. Sin embargo, su jefe le negó el derecho. Ahora, un juez le ha dado la razón. El Juzgado de los Social número 13 de Madrid reconoce el derecho de un trabajador a flexibilizar su horario de entrada, de lunes a viernes, para poder llevar a su hijo a la guardería, sin que por ello se le penalice. Según el tribunal, el trabajador podrá entrar hasta una hora más tarde a su lugar de trabajo.

La sentencia, que recoge Europa Press, da la razón a un cocinero del Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral de Madrid, que entra en su turno de mañana a las 8.00, la misma hora a la que tiene que dejar a su hijo en la escuela infantil. Por eso, reclamó su derecho a flexibilizar en una hora el horario de entrada, pero su centro de trabajo se lo denegó, ya que a esa hora empiezan a servir los desayunos y se pone en funcionamiento la cocina.

Además, los compañeros de trabajo respaldan su pretensión al manifestar que con la presencia de dos personas en cocina se puede atender al servicio de desayuno sin que se produzca ninguna incidencia o colapso.

Así, el juez considera que "el derecho del trabajador debe prevalecer sobre la empresa al ser mínima la incidencia que pudiera tener en el servicio". "No pueden prevalecer las dificultades organizativas alegadas por la empresa sobre la protección jurídica de la familia que deben garantizar los poderes públicos, según el artículo 39.1 de la Constitución", añade la sentencia.

Asimismo, ésta concluye que corresponde a los poderes públicos velar por el respeto, protección y reconocimiento del principio de protección de los hijos. Según CSI-F, la mayoría de los empleados de la Administración trabajan de 9.00 a 14.30 y el resto lo recuperan con flexibilidad hasta completar las 40 horas semanales.