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Vacaciones

Ley de Arrendamientos Urbanos y mascotas: ¿tienes derecho a llevar a tu animal de vacaciones?

El artículo 4.2 estipula que los arrendamientos se regirán conforme a los pactos, cláusulas y condiciones de los implicados

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En el contexto de las vacaciones de verano, es común que los propietarios de mascotas quieran que su peludo los acompañe durante el receso. De esta manera, se enfrenten a la pregunta de si pueden llevar a sus animales con ellos al alojarse en propiedades de alquiler, pues la preocupación surge a menudo debido a las restricciones que algunos arrendadores imponen sobre la presencia de mascotas en sus viviendas.

Ley de Arrendamientos Urbanos en España es la encargada de determinar cuándo es posible llevar mascotas y cuándo definitivamente no, Además, es la encargada influir en la decisión de llevar a una mascota durante una estancia en un alojamiento de alquiler. La mayoría de hoteles prohíben mascotas en sus instalaciones. Así como los apartamentos o viviendas en alquiler, aunque en menor medida que los hoteles.

Qué dice la ley sobre traer mascotas durante tus vacaciones

En España, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula las relaciones entre arrendadores e inquilinos en lo que respecta al alquiler de viviendas. Esta legislación establece una serie de normas y derechos tanto para los arrendadores como para los arrendatarios. En cuanto a la presencia de mascotas en un inmueble arrendado, la ley no proporciona directrices específicas que regulen de manera detallada este asunto.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la LAU permite a los arrendadores establecer cláusulas en los contratos de alquiler que pueden prohibir o limitar la tenencia de animales en la propiedad.De acuerdo con la LAU, el arrendador tiene el derecho de imponer restricciones sobre la tenencia de mascotas en el contrato de alquiler. Estas restricciones pueden incluir la prohibición total de animales o la imposición de ciertas condiciones, como el tamaño o tipo de las mascotas permitidas.

Además la LAU no es la única ley que se encarga de las mascotas en hoteles, ya que el Código de Animales de Compañía publicado en el BOE recoge la ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales que, en su artículo 14, establece lo siguiente. “Los animales de compañía podrán tener limitado su acceso a hoteles, restaurantes, bares, tabernas y aquellos otros establecimientos públicos en los que se consuman bebidas y comidas cuando el titular del establecimiento determine las condiciones específicas de admisión”.

Por lo tanto, antes de realizar una reserva en un alojamiento, es importante revisar detenidamente el contrato de arrendamiento y las políticas específicas del propietario respecto a las mascotas. En muchos casos, los arrendadores optan por prohibir los animales debido a preocupaciones sobre posibles daños a la propiedad, alergias de futuros inquilinos o molestias para otros residentes.

Alternativas y recomendaciones para los viajeros con mascotas

Para aquellos que planean llevar a sus mascotas durante las vacaciones de verano y se enfrentan a restricciones en propiedades de alquiler, hay varias alternativas y recomendaciones a considerar. En primer lugar, es útil buscar alojamientos que sean explícitamente pet-friendly, es decir, que acepten mascotas. Muchas plataformas de reservas en línea y agencias de viajes permiten filtrar las búsquedas para encontrar propiedades que permiten animales, lo que facilita la planificación de unas vacaciones sin preocupaciones adicionales.

Además, al hacer una reserva, es recomendable comunicar de manera clara y honesta con el propietario sobre la presencia de una mascota y las características del animal. Proporcionar información sobre el tamaño, raza y comportamiento del animal puede ayudar a asegurar al arrendador de que la mascota no causará inconvenientes. También es útil ofrecer pagar un depósito adicional o comprometerse a cumplir con ciertas condiciones, como mantener el alojamiento limpio y en buen estado.