Ministerio de Agricultura

El Gobierno central autoriza un nuevo trasvase de 20 hectómetros del Tajo al Segura

El volumen de estos embalses alcanzaba los 408,3 hm3

Imagen de archivo de los embalses de la cuenca del Tajo, Entrepeñas y Buendía
Imagen de archivo de los embalses de la cuenca del Tajo, Entrepeñas y Buendíalarazon

El Ministerio Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha aprobado un nuevo trasvase de los embalses de cabecera del río Tajo (Entrepeñas y Buendía) al río Segura de 20 hectómetros cúbicos.

El Ministerio Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha aprobado un nuevo trasvase de los embalses de cabecera del río Tajo (Entrepeñas y Buendía) al río Segura de 20 hectómetros cúbicos (hm3) para este mes de enero, un acuerdo adoptado por la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura el pasado viernes 13, tras emitir un informe favorable que dictaminaba que, con fecha 1 de enero, el volumen de estos embalses alcanzaba los 408,3 hm3.

Así lo refleja la Orden del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente que publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE) y recoge Europa Press, que constata que la situación hidrológica excepcional de estos embalses sigue siendo de nivel 3, alcanzando un 16,5 por ciento la capacidad total de los mismos.

En esta Orden se indica que el informe y propuesta emitido el día 16 de enero de 2017 por la Dirección General del Agua, en función de los volúmenes de existencias en los embalses de Entrepeñas-Buendía a principios del mes de enero de 2017, así como las aportaciones previsibles para los próximos meses.

El departamento que dirige Isabel García Tejerina ha adoptado esta decisión acorde con el informe y propuesta emitido el día 16 de enero por la Dirección General del Agua, en función de los volúmenes de existencias en los embalses de Entrepeñas-Buendía a principios del mes de enero de 2017, así como las aportaciones previsibles para los próximos meses, en base con lo dispuesto en la disposición adicional quinta, punto 2, de la Ley de Montes de 2015, y lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto de 2014 por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura.

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