Polémica

Sanidad quiere reflejar la renta y la identidad de género en la historia clínica

Lo hace basándose en la influencia de los determinantes sociales en la salud, pero podría violar alguna de las cuatro leyes- y dos RD- que regulan este documento

Mónica García, ante el recurso de Madrid por la mascarilla obligatoria: "Si quieren jugar al escondite, allá ellos"
Mónica García, ante el recurso de Madrid por la mascarilla obligatoria: "Si quieren jugar al escondite, allá ellos"Europa Press

La Organización Mundial de la Salud (OMS) incluye, en su Glosario de Promoción de la Salud, el concepto de los determinantes sociales, que define como "las condiciones sociales, culturales, políticas, económicas y del ambiente en que las personas nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen y sus posibilidades de acceso al poder, a la toma de decisiones, recursos y dinero que mejoren dichas condiciones, incluido el sistema de salud".

Y este es el ‘Leitmotiv’ sobre el que gira el documento "Condicionantes sociales y del contexto familiar que sería recomendable incluir en la Historia de Salud Digital (HSD)", que el Ministerio de Sanidad publicó a finales de diciembre. En él, se hace referencia a una serie de datos que, a juicio de los que lo suscriben –el propio ministerio, personas designadas por el Comité Técnico del Marco Estratégico para la Atención Primaria y Comunitaria, y que pertenecen a las principales sociedades médicas y asociaciones de pacientes y personas designadas por la Ponencia de Promoción de la Salud de cada una de las comunidad autónoma, entre otros– deberían estar incluidos en la HSD, como son la clase social, la orientación sexual o la identidad de género. Hay más, (edad, migración y origen, territorio o discapacidad y dependencia), pero son las referidas antes las que han generado polémica.

El objetivo del departamento que dirige Mónica García con este documento – que, como decimos, cuenta con el aval de las comunidades autónomas –es generar registros que permitan conocer los determinantes biopsicosociales que influyen en la salud de cada persona.

En el epígrafe que engloba la información sobre la clase social, el documento propone que se recoja información sobre el nivel de renta, la situación laboral actual, el nivel educativo, la clase social ocupacional y un "cribado de pobreza", para el que la persona debe contestar "si" o "no" a la pregunta de si, en el último año, ha tenido dificultades para llegar a final de mes.

Polémica en X

La secretaria ejecutiva de Sanidad del Partido Popular, Ana Pastor, mostraba ayer su sorpresa en la red social X ante el hecho de que se quisiera incluir el nivel de renta en la Historia Digital de Salud. Ante ello, Javier Padilla, secretario de Estado de Sanidad, le contestaba. "De una responsable de sanidad del principal partido de la oposición uno esperaría otro nivel de rigor, pero bueno, toca explicar. 1. El nivel de renta ya se recoge parcialmente, en forma de la TSI. Se hace a raíz de una reforma del PP, su partido (año 2012 y los copagos). 2. El informe del que se habla es el documento ‘Condicionantes sociales y del contexto familiar que sería recomendable incluir en la Historia de Salud Digital’», dentro del Plan de Acción de Atención Primaria y Comunitaria. 3. El registro de determinantes sociales de salud en la Historia Clínica Electrónica, de manera adecuada y vinculado a una mejor calidad asistencial es un consenso en el ámbito de la Atención Primaria y Comunitaria".

Consultada por este periódico, Ana Pastor explica el porqué de su sorpresa."La historia clínica está regulada en nuestro ordenamiento jurídico en hasta seis normas distintas (la Ley de Cohesión y Calidad del SNS, la Ley de Autonomía del Paciente y de Información y documentación clínica, la Ley de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el Real Decreto (RD) 10293/2010, que recoge el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos en el SNS y el RD 702/2013, que regula la tarjeta sanitaria individual y, en ninguna de ellas, está recogido lo que pretende el Gobierno".

Identidad de género y orientación sexual

En lo que respecta al epígrafe "sexo", el documento propone, junto a las denominaciones de hombre o mujer, la de "intersexual o indeterminado". Para quién sea la elegida, formula la siguiente pregunta: "algunas personas nacen con características sexuales (anatomía, órganos reproductivos y/o patrones cromosómicos) que no pertenecen estrictamente a las categoría masculina o femenina, o que pertenecen a ambas a la vez. A estas personas se las conoce como intersexuales. ¿Se describiría usted como una persona intersexual?".

Explica la propuesta que esta pregunta está basada en la "Guía de la Comisión Europea de 2021 sobre la recopilación y el uso de datos sobre igualdad basados en el origen racial o étnico". Más adelante, respecto a la identidad de género, hace referencia a que esta información es sensible para el registro "por lo que es necesario cuidar el respeto a la intimidad de las personas y la confidencialidad de los datos, como se recoge en el artículo 16.c. de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI".

Por último, el documento establece una serie de recomendaciones sobre "qué hacer y no hacer en la recogida de condicionantes sociales en la HSD". La primera es registrar sólo aquellos datos acordados y consensuados con la persona atendida y que aporten información necesaria para un abordaje biopsicosocial. También que la información sobre los condicionantes sociales no salga de manera automática en la HSD.

La segunda se refiere a que se debe poder elegir quién visualizará la información –si solo el médico/a o el/la pediatra, o solo la enfermera, cualquier profesional sanitario, o no– "de manera consensuada con la persona usuaria". La tercera es que "no se registre la etnia o pertenencia a grupo minoritario, ni datos o circunstancias que puedan exponer a la persona a prejuicios y visiones preconcebidas".