Difamación

Falso hijo deberá pagar 15.000 euros por difamación e intromisión ilegítima

Sentencia favorable para la víctima, Durán & Durán Abogados logra indemnización de 15.000 euros para la mujer que estaba siendo acosada por un falso hijo

 Falso hijo deberá pagar 15.000 euros por difamación e intromisión ilegítima
Falso hijo deberá pagar 15.000 euros por difamación e intromisión ilegítimaLa Razón

Una sentencia dictada por la Magistrada Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia n.º 19 de Zaragoza, Doña Laura Bejarano Gordejuela, ha puesto fin a un caso de difamación que afectó gravemente el honor de una mujer al atribuirle una falsa maternidad biológica. El falso hijo fue condenado por intromisión ilegítima en el derecho al honor de la víctima al divulgar información inveraz sobre su supuesta relación extramatrimonial y maternidad. La sentencia, que fue presentada por el letrado D. Julián Mérida Chueca del Departamento de Derecho Civil de Durán & Durán Abogados, condenó al infractor a indemnizar a la afectada con quince mil euros por daños morales.

El falso hijo, sin tener evidencias biológicas contrastadas, difundió a familiares y conocidos de la víctima la supuesta maternidad, desplazándose a las poblaciones donde residía para transmitir la información no contrastada sobre su supuesta madre biológica. Sus afirmaciones se basaban en indicios carentes de certeza científica y no hubo contacto directo con la afectada. Incluso llegó a contratar a un investigador privado para obtener más información antes de ponerse en contacto con ella.

Ante las acusaciones infundadas, la afectada accedió a someterse a una prueba de ADN que demostró la inexistencia de relación de parentesco entre ellos, desmintiendo así las afirmaciones del infractor.

Es importante destacar que el derecho a conocer los orígenes biológicos no justifica vulnerar el honor e intimidad de otras personas. La magistrada enfatiza que el infractor se extralimitó en el ejercicio de ese derecho, afectando gravemente los derechos al honor e intimidad personal de la víctima.

Si se hubiera seguido el procedimiento legal de presentar una demanda de filiación con las reservas y anonimato que ofrece la normativa civil y procesal, nada de esto habría ocurrido. La falsa maternidad imputada a la afectada carecía de soporte científico alguno, lo que llevó a la magistrada a declarar la intromisión ilegítima en el derecho al honor de la víctima y las consecuencias dañinas de estas falsas acusaciones.