Tribunales
María León, condenada a una multa de 5.700 euros por el incidente con la Policía de Sevilla
Ha sido absuelta del delito de desobediencia, pero por el de resistencia pagará 20 euros diario durante ocho meses, así como y mes y medio por idéntica cantidad por el de lesiones a una agente
La actriz María León ha sido condenada por el Juzgado de lo Penal 12 de Sevilla al pago de una multa total de 5.700 euros por delitos de resistencia y otro leve de lesiones a raíz de un incidente con la Policía Local ocurrido en octubre de 2022 en Sevilla.
León ha sido absuelta en cambio del delito de desobediencia por el que fue enjuiciada el pasado día 14 de marzo. El juez absuelve a los acompañantes de la actriz, tanto a Pedro Á. M., del delito de atentado por el que venia siendo acusado por los hechos objeto de esta causa, como a Jorge S. R. del delito de resistencia y desobediencia. Respecto a María León la absuelve del delito de desobediencia por el que venia siendo acusada por los hechos objeto de esta causa, pero la condena como autora responsable de un delito de resistencia del art. 556.1 y un delito leve de lesiones del art. 147.2 CP, concurriendo atenuante de reparación del daño. Se le impone una pena de ocho meses de multa con cuota diaria de 20 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; y por el segundo delito una pena de un mes y quince días de multa con cuota diaria de 20 euros. Igualmente, la conde a in demnizar a la agente en la cantidad de cien euros. Todo ello con expresa condena en dos sextas partes de las costas a la acusada.
La sentencia recoge como hecho probados que sobre las 04:45 horas del 1 de octubre de 2022, "María L. B., Pedro Á. M. y Jorge S. R. paseaban por la avenida de María Luisa (Sevilla) junto con otros acompañantes, uno de ellos en bicicleta, procedentes de una cena, en busca de un local abierto. Los agentes de Policía Local 1378 y 1380, que se encontraban de servicio en coche patrulla, debidamente uniformados, exhibiendo placa emblema, procedieron a dar el alto al ciclista, V. B. O., y le requirieron para que se sometiese a las pruebas de determinación del grado de impregnación alcohólica, para lo cual solicitaron la presencia del vehículo policial que portaba el denominado test de aproximación y, tras su realización y a la vista de su resultado, la presencia de furgón policial para la práctica de prueba con etilómetro evidencial"
Igualmente, prosigue la sentencia, "durante esta actuación, la acusada fue requerida por los agentes para identificarse, y posteriormente le informaron de que iba a ser conducida a dependencias policiales para su identificación en forma, motivo por el que ésta se introdujo por su propio pie en el vehículo policial conducido por el agente 1378, acompañado por la agente 1380. Iniciada la marcha por el vehículo policial, Jorge S. R. se situó delante del mismo, impidiendo que continuase avanzando, mientras los agentes desde el interior hacían indicaciones con gestos para que se apartara hasta que, finalmente, descendieron del vehículo para poder reanudar la marcha. En ese momento, una persona no identificada abrió la puerta trasera del vehículo policial, aprovechando María León para salir del mismo en dirección a la valla de un edificio cercano".
"Los agentes 1378 y 1380 fueron tras ella y trataron de sujetarla cada uno por un brazo -continúa el relato, momento en el que María León, movida por el ánimo de oponerse a la actuación policial y asumiendo causar con ello un menoscabo físico a la agente, forcejeó y lanzó un puñetazo con el brazo izquierdo a la agente 1380 en la mejilla derecha, perdió el equilibrio y cayó al suelo, desde donde le lanzó también una patada, al tiempo que se dirigía a ella diciéndole 'hija de puta, zorra'". Y "nuevamente desde el suelo trató de eludir a los agentes, intentando huir de los mismos, hasta que le dieron alcance, reteniéndola contra una valla, donde la agente 1380 trató de ponerle los grilletes, precisando la ayuda del agente 283 y otro compañero, en tanto María gritaba que no la tocaran".
Mientras la agente trataba de proceder a la detención de María, otra persona, "con total desprecio por el principio de autoridad y asumiendo igualmente la posible causación de menoscabo físico a la agente, la sujetó del chaleco protector que llevaba, zarandeándola con intensidad para impedir que pudiera esposar a María, cesando en su actitud sólo cuando fue separado por otro agente". Según la sentencia, "no ha quedado acreditado que el autor de tales hechos fuera Pedro Á. M.. Consecuencia de los hechos descritos, la agente de Policía Local resultó con lesiones consistentes en contusión en pómulo derecho sin eritema, molestias superficiales a la palpación; contusión en rodilla izquierda y dolor a la palpación en interlínea media, que tardaron en sanar dos días de perjuicio personal básico, tras una primera asistencia facultativa, no quedando secuelas".
María León había consignado en la cuenta del juzgado antes de la celebración del juicio la cantidad de 150 euros.