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Luz verde a que los enfermeros puedan dispensar medicinas

La Consejería de Sanidad regula la acreditación pertinente y cumple así con la palabra que dio a los profesionales de este sector

Sanidad asegura que el reto de la Atención Primaria es devolver a los pacientes crónicos y pluripatológicos al primer plano asistencial
Sanidad asegura que el reto de la Atención Primaria es devolver a los pacientes crónicos y pluripatológicos al primer plano asistencialNacho GallegoEFE

Los enfermeros ya pueden recetar medicinas a los pacientes que vayan a consulta. El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado la Orden de la Consejería de Sanidad de la Junta por la que se regula la acreditación de los profesionales de Enfermería para la dispensación de medicamentos en la Comunidad.

Con esta Orden, además, la consejera de Sanidad, Verónica Casado, cumple con el compromiso que adquirió a principios de este año que termina con el sector de la Enfermería, además de dar repuesta a la necesidad de hacer efectiva la obligación de establecer un procedimiento que permita habilitar a dichos profesionales para que puedan indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica.

Dicho Real Decreto señala que el personal de enfermería, en el ejercicio de su actividad profesional, podrá indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica (conforme a los protocolos o guías de práctica clínica y asistencial y mediante la respectiva orden de dispensación).Pero para ello deberán ser titulares de la pertinente acreditación emitida por el órgano competente de la comunidad autónoma respectiva, aunque una vez obtenida tendrá eficacia en todo el territorio nacional.

La Consejería de Sanidad entiende que, en atención al elevado volumen de enfermeras y enfermeros en condiciones de obtener la acreditación para la dispensación de medicamentos, además de regular un procedimiento a instancia de los interesados, se establece un procedimiento excepcional, de oficio, para el personal que, cumpliendo los requisitos para ser acreditado, preste servicios en la Gerencia Regional de Salud, Gerencia de Servicios Sociales y en las Instituciones Penitenciarias ubicadas en la Comunidad de Castilla y León.

Este procedimiento excepcional permitirá agilizar la acreditación de los enfermeros de los referidos organismos del sector público en Castilla y León que reúnan los requisitos exigidos, de modo que se evitará a los profesionales la presentación de la solicitud y de los documentos acreditativos de su titulación y de su experiencia profesional, que serán certificados por los organismos en los que prestan servicios.

Además de regular el procedimiento ordinario de acreditación de estos profesionales, como requisitos, solicitudes y plazos, la Orden incorpora la obligatoriedad de realización de un curso formativo de adaptación para todos aquellos que no puedan acreditar una experiencia profesional mínima de un año.