Independentismo

Vox retira la acusación de organización criminal contra los miembros de la Mesa del Parlament por el 1-O

Ha arrancado el juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Empieza en el TSJC el juicio a exmiembros de la Mesa del Parlament por presunta desobediencia
Los exmiembros de la Mesa del Parlament llegan al TSJC para ser juzgados por presunta desobediencia, en Barcelona, el 21 de julio de 2020.EUROPA PRESS21/07/2020larazonEUROPA PRESS

El juicio contra los miembros de la Mesa del Parlament - Anna Simó, Ramona Barrufet, Lluís Corominas y Lluís Guinó- y la exdiputada de la CUP, Mireia Boya, por el 1-O ha arrancado esta mañana en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. La primera sesión -la vista se alargará hasta el jueves- ha empezado con la cuestiones previas, donde Vox, que actúa de acusación popular, ha retirado la imputación por organización criminal por el que pedía 12 años de prisión tras la sentencia del “procés” del Tribunal Supremo, que dejó fuera este delito.

Los cuatro miembros de la Mesa del Parlament y la exdiputada de la CUP se sientan en el banquillo por un presunto delito de desobediencia por el cual la Fiscalía pide 18 meses de inhabilitación. Han llegado al TSJC acompañados por dirigentes independentistas y arropados por un puñado de manifestantes separatistas que se han quedado a las puertas. Los abogados de los políticos se han repartido las cuestiones previas para “evitar repeticiones innecesarias”.

La abogada de Barrufet, Corominas y Guinó (JxSí), Judit Gené, ha considerado que la acusación de organización criminal era “temeraria”. “¿Que pretendía? Mantener el titular sabiendo que sus pretensiones tenían fundamento alguno”, ha manifestado Gené, que también ha apuntado que mantener esa acusación es “contraria a las normas de la buena fe procesal”.

“Han pedido 12 años de prisión cuando tanto en la causa del Tribunal Supremo como en esta, los diferentes jueces han demostrado que esta acusación no solo materialmente –porque no está contenida en los hechos de procesamiento-, sino procedimentalmente no era ajustada”, ha afirmado, y ha advertido de que que si hubieran mantenido esta petición hasta las conclusiones del juicio, hubieran pedido la condena en costas para Vox.

El abogado de Anna Simó, Ramon Tomàs, ha celebrado este cambio de posición de Vox porque considera que “desvirtuaba” el debate que se tenía que llevar a cabo en el tribunal y porque los hechos objeto del procedimiento debían ceñirse al auto de procesamiento. Tomàs se ha encargado de apelar a la inviolabilidad parlamentaria de los cinco acusados porque es la “garantía para la actividad parlamentaria” por dos motivos: porque es un “límite” a la jurisdicción y porque “por su naturaleza” se vincula a derechos fundamentales como el derecho a la representación política o de libertad de expresión.

Tomàs ha reconocido las dificultades para invocar la inviolabilidad parlamentario por dos cuestiones: por un lado, por los pronunciamiento previos; por otro lado, porque es una “garantías del poder legislativo que debe ser aplicada por el poder jurisdiccional”. “Es una interpelación al ámbito judicial para que preserve un ámbito y se autolimite y por tanto no podemos obviar la dificultad que genera cuando este mismo tribunal se ha declarado competente para conocer estos hechos”, ha indicado, tras asegurar que la inviolabilidad está “consagrada” en las principales normas de ámbito catalán, estatal y europeo y, por tanto, es una “garantía indiscutible e inherente a la propia actividad parlamentaria”.

“La inviolabilidad es una garantía finalista para garantizar el principio de autonomía de las cámaras parlamentarias. Para evitar injerencias de otras instituciones o poderes”, ha agregado, antes de manifestar que también es una “prerrogativa” para la protección de la función parlamentaria y el principio de la separación de poderes.

El presidente de la Sala, Jesús María Barrientos, ha explicado a las partes que descartan la petición de invocar la inviolabilidad parlamentaria y ha señalado que “nadie está por encima de las leyes, tampoco nuestro cuerpo legislativo”.

El abogado de Mireia Boya, Carles López, ha sostenido que la Abogacía del Estado no está “legitimada” para intervenir como acusación particular al considerar que el Estado no está perjudicado porque es un juicio sobre un presunto delito de desobediencia. En este sentido, recuerda que el origen de la personación en la causa de la Abogacía se fundamentaba en la acusación por un presunto delito de malversación de caudales públicos.