Tribunales
Condenan a 50 años de prisión al padre que asesinó a sus hijos en Godella y a internamiento psiquiátrico a la madre
La mujer ha sido absuelta por la eximente completa de anomalía psíquica
La Audiencia de Valencia ha condenado a cincuenta años de prisión a Gabriel C.A., padre de los niños asesinados a golpes en Godella, por dos delitos de asesinato con el agravante de parentesco. La madre de los menores, María G., ha sido absuelta por la eximente completa de anomalía psíquica si bien será internada en un centro de tratamiento psiquiátrico no penitenciario como medida privativa de libertad impuesta por la sentencia. De hecho, desde ayer se halla internada en la unidad de psiquiatría de La Fe, en Valencia, tal y como ha adelantado el diario Levante-EMV y ha ratificado el TSJCV.
La medida relativa al internamiento de la madre en un centro no penitenciario es innovadora en España ya que este tipo de reclusiones, si bien con tratamiento médico, siempre se desarrollaban en centros penitenciarios.
El magistrado que presidió el Tribunal del Jurado ha modificado la situación personal de la mujer, que se hallaba en prisión preventiva por estos hechos, y acordó ayer su libertad provisional de forma inmediata.
La condenada será examinada por personal sanitario en la Unidad de Hospitalización Psiquiátrica de Agudos del Hospital La Fe de Valencia para valorar si procede su ingreso no voluntario en un centro.
La resolución, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), establece que los dos progenitores deberán indemnizar conjunta y solidariamente con 300.000 euros a los abuelos paternos de los niños y con la misma cuantía, 300.000 euros, a los abuelos por línea maternal.
De conformidad con el veredicto del Jurado, la Audiencia de Valencia ha declarado probado que los padres asesinaron el 13 de marzo de 2019 a sus hijos, un niño de tres años y una niña de solo seis meses, tras propinarles multitud de golpes, sobre todo en la cabeza, en la parcela de la casa de campo de Godella donde residían.
Los acusados estaban convencidos de la existencia de una secta que les perseguía, asediaba y abusaba sexualmente del niño, hasta el punto de que se turnaban para realizar vigilias nocturnas para evitar ser atacados y que sus hijos fueran secuestrados, según precisa la resolución judicial.
Impulsados por esas creencias e ideas, que el hombre inculcó a su compañera sentimental, decidieron que la única manera de proteger a los menores era someterlos a un “baño purificador”, “terminar con sus vidas y enviarlos al más allá para que posteriormente pudieran revivir”.
De este modo -prosigue la sentencia-, la noche de los hechos, entre las 22 y las 4 horas, “actuando de común acuerdo en ejecución de tal plan, hacienda y dejando hacer el uno al otro”, cogieron a sus hijos, los bañaron en la piscina de la casa y acabaron con su vida a golpes.
La Audiencia señala, tal y como declaró probado el jurado, que en el momento de cometer los crímenes la madre de los menores sufrió un brote agudo de esquizofrenia de tipo paranoide “que anulaba completamente las bases psicobiológicas de su imputabilidad (inteligencia y voluntad)”.
La sentencia declara al padre autor de dos delitos de asesinato con agravante de parentesco y le impone por cada uno de ellos 25 años de prisión, con un límite máximo de cumplimiento de 40 años, según lo establecido por el Código Penal, así como libertad vigilada durante 10 años.
A la madre la absuelve de esos dos mismos delitos por la circunstancia eximente complete de anomalía o alteración psíquica, aunque le impone por cada uno de ellos una medida de seguridad consistente en un máximo de 25 años de internamiento en un centro psiquiátrico adecuado al tratamiento de la enfermedad mental que padece, con un máximo de cumplimiento de 40 años, y libertad vigilada durante 10 años.
✕
Accede a tu cuenta para comentar