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Sucesos

Rebajan la condena por violar a una menor a dos hombres a menos de cuatro años de prisión por padecer esquizofrenia e "inteligencia límite"

La Fiscalía apreció en ellos atenuantes de anomalía o alteración psíquica

Fachada del Juzgado de Instrucción número 3 de Gandia larazonEUROPA PRESS

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a penas de tres años y ocho meses de prisión, y cinco años de libertad condicionada, a dos hombres, diagnosticados con retraso psíquico, por violar a una menor en Gandía.

Según la sentencia de conformidad remitida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), ambos hombres han sido condenados como autores de un delito de abuso sexual con la atenuante muy cualificada de anomalía o alteración psíquica.

Uno de los acusados está diagnosticado de inteligencia límite y retraso psíquico y el otro de esquizofrenia y de inteligencia límite con retraso psíquico.

La condena ha sido de tres años y ocho meses de prisión, cinco de libertad condicionada y siete años de prohibición de comunicación por cualquier medio con la víctima y de aproximarse a trescientos metros de su domicilio, lugar de estudio o trabajo y de los lugares que frecuente.

El fallo detalla que la Fiscalía apreció en ellos atenuantes, de anomalía o alteración psíquica, y además solicitaba que fueran condenados a sendas penas de dos meses de multa por un delito de lesiones, al pago de las costas y a indemnizar a la víctima con 4.500 euros.

Ambos acusados, prosigue la sentencia, "una vez les fue leído en su integridad la acusación y de manera que pudieran comprender su contenido, una vez que manifestaron expresamente que lo habían entendido y que conocían cuáles eran las opciones que tenían y cuáles las consecuencias si optaban por conformarse, manifestaron su conformidad con el total contenido del mismo".

"Al manifestar ambos acusados y sus letrados su conformidad íntegra con el contenido del escrito de acusación presentado al inicio de la vista oral por el Ministerio Fiscal y su expresa renuncia a la continuación del juicio, como la abogada de la Acusación Particular también manifestó su íntegra conformidad con el escrito de conclusiones presentado por la Fiscal, el Tribunal adelantó el fallo de la sentencia oralmente".

Las partes manifestaron su conformidad con el mismo y su renuncia a recurrir la sentencia, por lo que se procedió a decretar su firmeza.

Según relata la sentencia, el 17 de octubre de 2020 ambos acusados, que se encontraban con otra persona no encausada por ser menor de edad, proporcionaron a la víctima bebidas alcohólicas mezcladas con pastillas antidepresivasque contenían clomipramina.

Cuando la víctima empezó a encontrarse mal la subieron a una bicicleta y fueron a una casa abandonada en un camino al lado de la antigua vía del ferrocarril Gandía-Oliva, actual vía carril bici.

Allí, ambos "a sabiendas del estado de inconsciencia" de la víctima, mantuvieron "relaciones sexuales con penetración vaginal" con ésta.