Ley de Universidades: triunfo separatista, fracaso de la idea de España
El texto aprobado por el ministerio de Joan Subirats cede ante las pretensiones de los grupos nacionalistas, que han dictado hasta 150 enmiendas
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El pasado jueves 9 de marzo se aprobaba finalmente en el Pleno del Congreso de los Diputados la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que, con los 182 votos a favor (de PSOE, Podemos y de, entre otros, ERC y PNV) y 157 en contra, sustituye a la norma anterior, de 2001. El texto aprobado, heredado por el ministro de Universidades, Joan Subirats, de Manuel Castells, su predecesor, cede ante algunas de las pretensiones de los grupos nacionalistas (hasta 150 enmiendas fueron introducidas por los separatistas catalanes). Con estas enmiendas han logrado, precisamente y entre otros aspectos que se promueva el uso de las lenguas cooficiales, que ya no serán cooficiales sino oficiales, y que serán consideradas «lenguas de transmisión académica». Se elimina también toda referencia a España, nuestro país o territorio nacional, y se sustituye por Estado. Una de las más polémicas es la que establece que entre las funciones fundamentales del claustro, que es el máximo órgano de representación y participación de la comunidad universitaria, esté la de «analizar y debatir temáticas de especial trascendencia».
La plataforma Universitaria per la Convivència, que reúne a profesores de enseñanza superior e investigadores catalanes en defensa de la neutralidad de las Universidades en Cataluña, lamenta especialmente este punto en el artículo 45.2.g. «Se trata, como se ha hecho explícito en el debate parlamentario», manifiestan desde la Plataforma, «de una reivindicación de los partidos nacionalistas para justificar los recurrentes pronunciamientos políticos de estos órganos, siempre en la línea de sus planteamientos y que vulneran, como han dictaminado reiteradamente los tribunales, los derechos fundamentales a la libertad ideológica y a la libertad de expresión de quienes no los compartimos. Al no dejar constancia explícita del principio de neutralidad, los impulsores de la LOSU dan cobertura a situaciones de evidente abuso que obligan a los profesores que cuestionamos estas estrategias de uniformización del pensamiento a invertir tiempo y dinero para batallar contra todo el aparato institucional de las universidades que pleitea con sus gabinetes jurídicos y con el dinero de todos. No obstante, seguiremos trabajando por unas universidades libres de cualquier forma de captura por el poder».
Ya el Tribunal Supremo establecía que las Universidades «están sujetas al principio de neutralidad predicable de toda Administración pública». Quizá por eso la palabra «pronunciamiento» ha salido del enunciado y se limita a un laxo «analizar y debatir otras temáticas de especial trascendencia». Pero, en la práctica, tras analizar y debatir otras temáticas sería necesaria una expresión de las conclusiones, lo que se parecería bastante a un pronunciamiento. Y que podría ir en contra de lo dictaminado por el Tribunal Supremo. Enarbolan en defensa de estos pronunciamientos, lo vimos cuando los rectores de las universidades públicas catalanas emitieron manifiestos idénticos contra la sentencia del Tribunal Supremo sobre el procés, la libertad de expresión, pero no sería esto ajustado como defensa. La defensa aquí de la libertad de expresión está en el lado de los alumnos y profesores que no están de acuerdo con esos pronunciamientos que se podrían hacer desde un órgano administrativo. Lo explicaba de manera más que clara el profesor Ricardo García Manrique, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de Barcelona, en su artículo de 2021 «Libertad de expresión y declaraciones políticas de las universidades»: «(...) Una cosa es el ámbito de la libertad de expresión y otra cosa es el ámbito competencial de un órgano administrativo, sea o no universitario. Que este ámbito sea restringido (y siempre lo es) no supone limitación alguna de la libertad de expresión. Es posible que el ámbito competencial de los órganos universitarios nos parezca demasiado restringido, acaso porque creamos que deberían poder emitir declaraciones políticas, pero esta hipotética excesiva restricción no está relacionada con la libertad de expresión de sus integrantes».
Y añade: «Las declaraciones políticas de las universidades pueden dañar la libertad de expresión no solo porque suponen que otro se exprese en nuestro nombre sin justificación, sino también porque adulteran tanto el sentido del debate público como la igualdad que debe regir entre sus participantes. El resultado es que se genera una ilegítima dominación ideológica, que se extiende tanto hacia adentro (en el ámbito académico) como hacia afuera (en el ámbito social)».
«La nueva ley no va a solucionar ni una sola de las deficiencias o corruptelas de nuestro sistema universitario», sentencia Juan J. Gutiérrez Alonso, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidad de Granada, que en los últimos años viene escribiendo en algunos medios sobre el deber de neutralidad en general y especialmente en la Universidad. «Ni las relacionadas con los asuntos de gobierno interno ni tampoco las que afectan a cuestiones de acceso y carrera profesional. Además, por exigencias desde Cataluña, se introducen nuevos elementos que harán que estos centros sean, aún más, una prolongación ideológica del poder político. De hecho, el texto rezuma ideología en gran parte de su contenido, vulnerándose el deber constitucional de neutralidad. Tampoco es una novedad, pues este deber ya se vulnera a diario en muchas de nuestras universidades sin que nada suceda. Contraviniéndose incluso, en algunos casos, sentencias judiciales. Es un nuevo caso de actividad legislativa contra actividad judicial y la propia Constitución».
La otra cuestión, la referente a las lenguas cooficiales, más allá de un reconocimiento a estas, afecta a otras consideraciones, como destaca Isabel Fernández Alonso, profesora titular de Comunicación en la Universidad Autónoma de Barcelona y portavoz de Universitaris per la Convivència. «Los artículos 20 y 56 dejan abierta la puerta a que la financiación de las universidades dependa en parte de su sumisión a las políticas lingüísticas nacionalistas, siempre orientadas a arrinconar la lengua común por más que el español sea una inmejorable herramienta para la internacionalización». Efectivamente, el artículo 2, bajo el epígrafe «Universidad y diversidad lingüística», apunta que las universidades «fomentarán y facilitarán el conocimiento y el uso como lengua de transmisión universitaria de las lenguas oficiales propias de sus territorios» y que las Administraciones Públicas «apoyarán y facilitarán el desarrollo de las políticas universitarias orientadas a la cooficialidad y a la diversidad lingüística. En lo que respecta a las universidades públicas, la singularidad lingüística será objeto de financiación, en los términos de lo dispuesto por el artículo 56». En este artículo, en lo dispuesto para esas «necesidades singulares», se especifica que se establecerá una «financiación adicional» en función de estas, que incluyen, claro, «la promoción de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas». Hasta ahora, las universidades se mantenían fuera de esa inmersión lingüística y esta era una de las pretensiones del independentismo catalán. «Resulta llamativo», se sorprenden desde Universitaris per la Convivència, «que la regulación del sistema universitario se haga en buena medida a partir de enmiendas de partidos que han manifestado reiteradamente su voluntad de desmembrarlo».
Hay otra cuestión llamativa que preocupa en la comunidad universitaria: la evaluación del profesorado. «Estaremos muy atentos ante el desmembramiento del sistema de evaluación de méritos del profesorado. Habrá que ver cómo se articulan los convenios de las agencias autonómicas con la Aneca (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación de España). Y también habrá que ver las implicaciones de la adaptación del sistema nacional de funcionarios a las fórmulas ya desplegadas en Cataluña y País Vasco de contratación laboral del profesorado estable», apunta Fernández Alonso.