F. C. Barcelona
El Barcelona cometió alineación indebida y el Levante denunciará
El equipo azulgrana alineó en la ida de octavos de Copa al canterano Chumi, que arrastraba una sanción del Barça B.. El club se ampara en una excepción para cuando hay doble licencia, pero según fuentes jurídicas «los futbolistas sólo tienen una, y no debió jugar».. El Levante recurrirá a la Federación, pero fuera del plazo establecido de 48 horas
Chumi, sancionado por ver la quinta amarilla ante el Castellón, debía cumplir la sanción en Liga ante el Alcoyano. Sólo en el caso de que hubiera visto la roja y Competición lo hubiera considerado como infracción grave, no hubiera podido jugar ante el Levante.
El Barcelona, rey histórico (30 títulos) y reciente (campeón de las cuatro últimas ediciones) de la Copa del Rey, pudo haber cometido una infracción que le puede costar quedar fuera del torneo en los despachos. El conflicto fue la participación del central del filial Juan Brandariz Movilla, conocido como «Chumi», en el partido de ida de octavos de final contra el Levante. La duda, que desveló «El Mundo», llega a raíz de una sanción que arrastraba el defensa por acumulación de amonestaciones.
El artículo 56 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol dice que cuando un jugador es sancionado por una acción leve (de uno a tres partidos), deberá cumplir el castigo en la misma competición. Es decir, si es expulsado en Liga, la sanción la cumple en Liga y puede disputar la Copa. Si es por una acción grave (cuatro partidos o más), tendría que cumplirla en todas la competiciones. Por tanto, en una roja en Liga por agresión que suponga cinco encuentros sin jugar, no podría disputar la Copa. La sanción de Chumi es leve, por tanto, si sólo se tuviera en cuenta esto, su participación en el encuentro de Copa no sería irregular. Pero el artículo 56, en su punto tercero, tiene una excepción: cuando se trata de «futbolistas que pudieran ser reglamentariamente alineados en otros equipos de la cadena del principal [filiales, como es el caso] o en alguno de los equipos de un club patrocinador, el futbolista sancionado no podrá intervenir en ninguno de estos equipos o clubes hasta que transcurra, en la categoría en la que se cometió dicha infracción, el número de jornadas a que haga méritos la sanción». Con este añadido, la presencia de Chumi en el duelo contra el Levante sería irregular, porque no podía participar en Copa sin haber cumplido la sanción en el campeonato de Segunda B.
Pero el papeleo legal no termina ahí. El Barcelona se defiende con una modificación del Reglamento General y Código Disciplinario de la RFEF que se produjo el 29 de noviembre de 2018. Se incluyó un apartado 9 en el ya famosos artículo 56: «El modo de cumplimiento de las sanciones impuestas como consecuencia de la comisión de infracciones para los casos en los que exista una simultaneidad de licencias de las permitidas en el Reglamento General de la RFEF, se ajustará a lo dispuesto en el presente artículo, si bien, las sanciones de carácter leve se cumplirán en las competiciones en las que el infractor se encuentra haciendo uso de una determinada licencia y las de carácter grave o muy grave, en cualquier competición, ello con independencia de la licencia que se estuviera usando en el momento de la comisión de la infracción». Traducción: si hay simultaneidad de licencias, las sanciones leves se cumplen en la misma competición y las graves, en todas. Pero, ¿tiene Chumi dos licencias? «Simultaneidad de licencias en un jugador no hay. Un futbolista sólo tiene una licencia, y con ella puede jugar en el primer equipo o en el filial.
Duplicidad de licencias hay, por ejemplo, cuando se tiene una licencia de fútbol sala y otra de fútbol, o una de jugador y otra de entrenador», asegura a este periódico Xavier-Albert Canal, abogado de la firma BCD Iurisport, dedicada al derecho deportivo. «Por tanto, a mi modo de ver, la alineación de Chumi no es correcta», añade. No es lo que piensa el Barcelona. «Entendemos que alineamos correctamente a Chumi. Creemos que tenemos razón y que nuestra interpretación de la norma es la correcta», aseguró Josep Vives, el portavoz de la Junta Directiva del club azulgrana. «Entendemos que Chumi es un jugador que tiene licencia para jugar en Segunda B con el Barça B y simultáneamente también lo puede hacer con el primer equipo. Cuando es una sanción leve la debe cumplir en la licencia que corresponde, es decir, en la Segunda B», añadió.
Pese a la no existencia de la intención de engañar, la sanción por estas infracciones es la eliminación de la competición. Los plazos son los que pueden salvar ahora al conjunto catalán. Según la reglamentación, el Levante tenía 48 horas para protestar, y el partido se disputó el jueves 10 de enero. Pero la alineación indebida es una infracción considerada como «muy grave», lo eleva los plazos para protestar. Y el Levante denunciará hoy. «Llevamos toda la tarde estudiando todo lo que sabéis, tengo que reconocer que el Levante pase lo que pase en el terreno de juego va a trasladar mañana [por hoy] esta situación a la Federación Española de Fútbol. Entendemos que hay jurisprudencia suficiente y sólida», dijo Quico Catalán, presidente del Levante. La Federación trasladaría la queja a la Jueza Única de Competición, Carmen Pérez González, que tendría que decidir rápido: los cuartos de final se sortean hoy y se disputan la próxima semana. Otra opción sería la de ir a la justicia ordinaria, pero el caso se alargaría demasiado en el tiempo.
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