Pensiones
Pensiones: ¿cuándo se cobra la próxima paga extra de la jubilación?
Al igual que durante la vida laboral se cuenta con doce mensualidades y dos más de idéntico importe
Aclaremos la duda: sí, los jubilados sí que tienen una paga extra, pero el tema de las pensiones es a veces enrevesado y surgen muchas preguntas sobre cuándo y cómo se cobra y qué es lo que incluye. Como en el caso de cualquier asalariado la división del dinero a percibir se divide en mensualidades y se incluyen dos entregas “extra”.
Según los datos del ministerio, los pensionistas cobran de media casi 1.200 euros (1.164,31) según los datos de agosto de 2020, lo que supone un 21% más que el mismo mes de 2019. Pero es cierto que agrupando las distintas clases (viudedad, jubilación, incapacidad permanente, orfandad y a favor de los familiares), se reduce a un poco más de 1.000 euros (1.012,94). Así que en virtud de estas 14 pagas, se cobra la pensión a mes vencido durante los 12 del año, más las dos pagas extraordinarias que corresponden a junio y noviembre.
¿Cómo se calcula la pensión?
Según nos informa el BBVA, “antes de abordar la forma de cobro de la pensión, lo primero que hay que conocer es la cuantía de la misma”. Así que debemos calcularla teniendo en cuenta el número de años cotizados a la Seguridad Social y también depende de las bases por las que se hayan cotizado los últimos años: “Desde 2022, el cálculo se hará a partir de las bases de los últimos 25 años, mientras que en 2019 se calcula con los últimos 22″. Teniendo en cuenta que la última reforma de las pensiones ha modificado cuestiones que se implementarán gradualmente hasta 2027, hay que tener en cuenta “el año en el que se accede a la jubilación, ya que en 2019 la edad ordinaria es de 65 años y 8 meses, salvo para quienes hayan cotizado al menos 36 años y 9 meses, que se jubilarían a los 65 años. En 2027 y años sucesivos, la edad ordinaria será de 67 años, salvo para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 6 meses, que se jubilarán a los 65 años”.
A la hora de calcular el importe de la jubilación hay que tener en cuenta que la Seguridad Social establece unas cantidades máximas y mínimas que son independientes del número de años cotizados o del importe de las aportaciones a la Seguridad Social. El año pasado, el importe mínimo de la pensiónes de 642,90 euros menauales y el máximo de 2.659,41 euros mensuales y en 2020 de 2.683,34 euros; mientras que la mínima anual depende de cada jubilado: si tiene cónyuge, pero no a su cargo, 648,70; si está a su cargo, 843,32 euros y si vive solo, 683,50 euros.
Las extraordinarias
Los requisitos para percibirlas son las mismas que para recibir la pensión ppor jubilación y su importe, el mismo que el de las pagas ordinarias anuales. “Las excepciones que no cuentan con pagas extraordinarias son las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente laboral o por enfermedad profesional”, aclaran desde el BBVA, ya que se prorratea en las mensualidades ordinarias.
Hay que tener en cuenta que en el mismo año en el que nos jubilamos, habrá un descenso en la cantidad a percibir en las dos pagas extras, puesto que se nos descontarán de ellas los meses de ese año que no hayamos estado jubilados y se volverán normales al comienzo del nuevo año.
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