Pensiones

El lunes acaba el plazo para rescatar los planes de pensiones

La medida se introdujo para facilitar la liquidez de los ciudadanos desde el estado de alarma hasta un máximo de 1.613 euros al mes

El problema llega cuando dejamos de tener control sobre nuestras deudas | Fotografía de archivo
El problema llega cuando dejamos de tener control sobre nuestras deudas | Fotografía de archivolarazon

Durante los últimos seis meses, de forma excepcional como consecuencia de la crisis generada por el Covid-19, los asalariados y autónomos con un plan de pensiones contratado que han visto reducidos sus ingresos han podido rescatar parte de lo aportado para inyectar liquidez en el día a día. La medida introducía una serie de requisitos y fijaba en un máximo de 1.613 euros al mes el importe máximo rescatado.

Sin embargo, el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, expira el próximo lunes 14 de septiembre por lo que los partícipes de los planes de pensiones ya no podrán aprovecharse de esta medida salvo que se introduzca una ampliación in extremis por parte del Gobierno, algo que contempla el propio Real Decreto que regula esta medida.

Los partícipes en los planes de pensiones debían cumplir unas condiciones para poder rescatar sus aportaciones. Entre ellas figuraba encontrarse en situación de desempleo como consecuencia de un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) a causa del Covid-19 o ser empresario titular de establecimientos cerrados como consecuencia de la hibernación económica o de las medidas de contención introducidas en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales establecidas por la declaración del estado de alarma.

También se han beneficiado los autónomos que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales, o en un régimen de mutualismo alternativo a esta, y hayan cesado en su actividad por la pandemia o los autónomos que, sin cesar en su actividad, hayan tenido, en el mes natural anterior al que se solicita la disponibilidad del plan de pensiones, una reducción de al menos el 75% en su facturación en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior.

Este rescate de dinero ha incluido tanto a los planes de pensiones individuales y asociados, como aquellos de planes de pensiones del sistema empleo. También se aplica a los asegurados de otros instrumentos de previsión social: planes de previsión asegurada-PPA, planes de previsión social Empresarial y Mutualidades de Previsión social.