Seguridad Social
En 2021 nos jubilaremos más tarde y la pensión se calculará con 24 años cotizados
Incremento del 1,8% para las mínimas, pero más exigencias para los nuevos jubilados. La pensión máxima queda en 2.707 euros brutos al mes
El nuevo año trae variaciones en las pensiones, tanto en la cuantía como en la edad para cobrar el máximo de la misma. Además, como consecuencia de la reforma socialista de 2011, que elevaba en diez años y desde 2013 los años para el cálculo de la pensión, la base reguladora se establece en función de las cotizaciones de los últimos 24 años en vez de los 23 exigidos en 2020. De esta forma, los trabajadores que se jubilen este año verán recortada en términos generales la cuantía de su pensión al sumar un año más al cálculo de la base reguladora, lo que implica sumar un año de la carrera laboral en el que se cobraba menos y, por tanto, se cotizaba menos. En 2022, el periodo de cálculo de la pensión quedará establecido en los últimos 25 años cotizados sin que por el momento se haya determinado si esos 25 años seguirán ampliándose como estudia el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, que pretende extenderlo gradualmente otros diez años restando alguno de los peores años cotizados.
Quienes pretendan jubilarse en 2021 con el 100% de la pensión tendrán que tener al menos 66 años cumplidos, en virtud de la reforma de pensiones de 2013, en la que se elevaba progresivamente la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años, en un horizonte total de 15 años. Estos 66 años será la edad que se exija para quienes acrediten menos de 37 años y tres meses de cotización (este año se exigen 65 años y diez meses cumplidos para poder jubilarse con menos de 37 años cotizados). Si se superan los 37 años y tres meses cotizados, los trabajadores que quieran jubilarse el próximo año con el 100% de la pensión tendrán que tener 65 años cumplidos. Lo que no cambió con la reforma de 2013 es el requisito de cotización mínima para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación, que se mantuvo en al menos 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.
Mientras los nuevos jubilados ven recortada su base de cotización, los pensionistas del sistema cobrarán un alza generalizada del 0,9%, aunque las pensiones mínimas se incrementan el doble: un 1,8%. De esta forma, el importe de la pensión máxima, una vez aplicada esa subida general del 0,9%, será de 2.707,49 euros en 14 pagas, una revalorización de 24,15 euros al mes.
Con la subida del 1,8%, las pensiones mínimas de jubilación a los 65 años quedarán entre 843,4 y 858,58 euros mensuales para quienes tienen un cónyuge a cargo, de 683,5 a 695,8 euros para quienes no tienen cónyuge y de 648,7 a 660,38 euros para quienes tienen cónyuge sin que esté a cargo. Las mínimas de jubilación inferior a los 65 años quedan establecidas entre los 790,7 a 804,9 euros con cónyuge a cargo, de 639,5 a 651 euros sin cónyuge y de 604,4 a 615,3 euros con cónyuge no a cargo. Por su parte, las mínimas de jubilación a los 65 años procedente de gran invalidez quedan de 1.265,1 a 1.287,87 euros con cónyuge, de 1.025,3 a 1.043,76 euros sin cónyuge y de 973,1 a 990,62 euros con cónyuge sin estar a cargo.
Las de gran invalidez quedan de 1.265,1 a 1.287,87 euros con cónyuge, de 1.025,3 a 1.043,76 euros sin cónyuge y de 973,1 a 990,62 euros sin que el cónyuge esté a cargo. Las de invalidez absoluta o total con 65 años de edad quedan de 843,4 a 858,58 euros con cónyuge a cargo, de 683,5 a 695,8 euros sin cónyuge y de 648,7 a 660,38 euros sin que el cónyuge esté a cargo. La total con edad entre 60 y 64 años se establece entre 790,7 a 804,9 euros con cónyuge a cargo, de 639,5 a 651 euros sin cónyuge y de 604,4 a 615,3 euros sin que el cónyuge esté a cargo. Por último, la total derivada de enfermedad común menor de 60 años se establece entre 503,9 a 512,97 euros con cónyuge, de 503,9 a 512,97 euros sin cónyuge y de 499,5 a 508,49 euros para quienes tienen cónyuge, pero no está a cargo.
Las pensiones mínimas de viudedad suben también un 1,8% en 2021. Con cargas familiares quedan entre 790,7 a 804,93 euros, con 65 años o con discapacidad igual al 65% o mayor, de 683,5 a 695,8 euros; entre 60 y 64 años, de 639,5 a 651,01 euros y menor de 60 años, de 517,8 a 527,12 euros.
Las pensiones de orfandad pasan por beneficiario a quedar entre 208,9 y 212,66 euros; para los menores de 18 años o con discapacidad igual al 65% o mayor, de 411 a 418,4 euros; las de orfandad absoluta con un solo beneficiario de 726,7 a 739,78 euros, y con varios beneficiarios pasan de 208,9 en conjunto más 517,8 por cada uno de los beneficiarios a 212,66 más 527,1 por cada uno de los beneficiarios.
Por último, la pensión mínima mensual por favor de familiares pasa de 208,9 euros a 212,66 por beneficiario.En el caso de no existir viuda ni huérfano pensionistas un solo beneficiario con 65 años cobrará de 504,8 a 513,89 euros, un solo beneficiario menor de 65 años recibirá de 475,8 a 484,36 euros, y con varios beneficiarios quedan entre 208,9 en conjunto más 308,9 por cada uno de los beneficiarios y 212,66 más 314,76 por cada uno de los beneficiarios.
Las Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez, un régimen residual de la legislación del extinguido régimen que no da derecho a pensión del actual Sistema de la Seguridad Social salvo en algunos casos, pasan de 437,7 a 445,58 euros para las de vejez, invalidez y viudedad y las concurrentes, de 424,8 a 432,45 euros.
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