Impuestos
¿Hay que declarar los regalos de boda ante Hacienda?
La Agencia Tributaria presta atención al dinero en negro que circula por estos eventos y puede poner el foco en su enlace si sus invitados le obsequian con grandes cantidades
Un televisor Smart TV, un robot de cocina, una videoconsola, un juego de cubertería y sobres con dinero son algunos de los regalos más comunes en las bodas. Con la alegría del momento y rodeados de obsequios, son pocos los novios que se plantean si hay que rendir cuentas a Hacienda por esos artículos y dinero. Si las parejas se quieren ceñir a la norma, deberían declarar todos los regalos, tanto dinero en metálico como por transferencia y los objetos, como donaciones. No obstante, pocos cónyuges lo hacen. Para su tranquilidad, la Agencia Tributaria no suele prestar demasiada atención a los regalos, pero sí al dinero en negro que circula por estos eventos, ya que muchas parejas optan por pagar el B el evento y el banquete para no abonar impuestos.
Impuesto de Sucesiones y Donaciones
La tributación de estos regalos se rige por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre del Impuesto de Sucesiones y Donacionesy, en el caso de las donaciones, grava los incrementos patrimoniales obtenidos por personas físicas a título gratuito. La obligación de declarar estos obsequios como donaciones queda recogida en el artículo 3 apartado b) de esta ley: constituye el hecho imponible “la adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito, ‘intervivos’”.
Además, hay que tener en cuenta que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones depende de las comunidades autónomas, las cuales pueden controlan los tipos impositivos o la aplicación de reducciones de la base imponible. Por lo tanto, su regulación varía de una a otra comunidad y los porcentajes cambian. Por otro lado, los gastos derivados de la boda no podrán considerarse como deducibles o como pérdidas patrimoniales en la declaración de la Renta.
¿A partir de qué cantidad sospecha Hacienda?
Hacienda también podrá poner el foco en su boda si sus invitados le obsequian con cuantías muy elevadas, advierte la plataforma de reclamaciones online Reclamador.es. La Agencia Tributaria no suele perseguir esos movimientos de dinero y regalos porque su cuantía es muy baja. Sin embargo, “ante ingresos en metálico superiores a 3.000 euros” o el “ingreso de billetes de 500 euros”, su banco comunicará a Hacienda quiénes son los titulares de la cuenta que recibe el ingreso, así como las personas que lo hacen y la cuantía del movimiento, advierte Reclamador.es.
La plataforma de reclamaciones también señala que Hacienda dispone de hasta cuatro años para enviar un requerimiento por las cantidades recibidas durante el enlace o por el pago de las facturas de la boda. Por este motivo, Reclamador.es aconseja guardar las facturas de todos los servicios contratados para evitar futuros problemas con Hacienda.
“Somos Hacienda, su boda está embargada”
Hace apenas dos años el susto de Hacienda en una boda fue muy sonado. “Somos de la Agencia Tributaria. Hemos venido a embargar su boda”, así interrumpieron dos agentes de la Agencia Tributaria el banquete de un enlace celebrado en junio de 2019 en Badajoz, según publicada el diario “Hoy”. Afortunadamente, la culpa no era de la pareja ni de sus invitados, sino de la empresa de catering que habían contratado. Al parecer, la compañía debía dinero al Fisco y los agentes fueron a embargar el pago de su boda para que el dinero llegase directamente a Hacienda y sirviera para subsanar parte de la deuda fiscal. Una vez solucionado este problema, los agentes se marcharon sin preguntar sobre los regalos o sobre posibles pagos en negro, aunque al tratarse de Hacienda, lo más aconsejable es no confiarse.
✕
Accede a tu cuenta para comentar