Jubilación
¿Qué consecuencias tiene no haber cotizado lo suficiente antes de jubilarse?
En caso de no tener cotizados los 15 años establecidos por ley, el ciudadano cuenta con dos alternativas
La jubilación es una etapa de la vida en la que una persona deja de trabajar de manera activa, generalmente después de haber alcanzado una cierta edad o haber cumplido con los años requeridos de servicio laboral.
En España, existen unos requisitos mínimos que dan derecho a los ciudadanos a acceder a una prestación tras toda una vida cotizando a la Seguridad Social. Los contribuyentes, una vez alcanzan la edad de jubilación y los requisitos establecidos, abandonan el trabajo y pasan a depender del estado a través de estos ingresos.
Sin embargo, existe el dilema de no cumplir con las condiciones establecidas. Existen muchos casos de ciudadanos que no alcanzan el mínimo de cotización exigido, en este caso de 15 años, por lo que no puede acceder a una prestación de nivel contributivo de la Seguridad Social.
Por ello, el estado establece dos alternativas para garantizar la vida de estas personas.
Pensiones no contributivas de jubilación
Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Están gestionadas por el Imserso y para ser uno de los beneficiarios, es necesario cumplir con estos requisitos:
- Tener sesenta y cinco o más años.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Carecer de ingresos suficientes: existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales.
Aquellas personas que cumplan estos requisitos podrán obtener ingresos de hasta 564 euros mensuales, lo que se traduce a 7.905 euros al año, y un mínimo de 141 euros mensuales (1.976 euros al año).
Otra alternativa: el IMV
Según señala la propia Seguridad Social, el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.
Se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.
Para acceder a esta prestación, es necesario cumplir con dos condiciones:
- Tener residencia en España: los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica: para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia
Por ello, de cumplir con todos los requisitos, los beneficiarios pueden optar en 2025 de hasta 658 euros. Esta cantidad se incrementa un 22% si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%. No obstante, según cada caso, la Seguridad Social establece unas cuantías diferentes, por lo que es importante acceder a la página web para comprobar las cifras exactas.
Además, el IMV no tiene fecha de caducidad. Mientras se cumplan los requisitos vigentes, no se retirará. Por ejemplo, no es viable trasladarse a vivir fuera del territorio nacional, ni estar en otro país más de 90 días a lo largo del año sin la debida comunicación y justificación.
Edad ordinaria de jubilación
En España, la edad ordinaria de jubilación ha ido incrementando en los últimos años. A partir de 1-1-2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de la vida laboral.
Por ello, para este 2025, los contribuyentes podrán optar a la jubilación cuando:
- Tengan 65 años y hayan cotizado 38 años y tres meses o más.
- Tengan 66 años y ocho meses y hayan cotizado menos de 38 años y tres meses.