Vivienda

¿Qué ocurre si el casero echa al inquilino antes de tiempo pero no se ocupa la vivienda?

Este contrato tiene un año de duración prorrogable hasta un máximo de cinco, siete en el caso de que el arrendador sea una persona jurídica

Una pareja recibe las llaves de una vivienda
Una pareja recibe las llaves de una viviendalarazon

El contrato de alquiler es un documento en el se establece una relación entre el casero y el inquilino, donde ambas partes se comprometen por un tiempo determinado a ceder un bien de su propiedad a cambio del pago de una renta. Este contrato tiene un año de duraciónprorrogable hasta un máximo de cinco -siete en el caso de que el arrendador sea una persona jurídica-, sin embargo, este puede llegar a su fin antes de lo previsto por diferentes motivos.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) señala una serie de causas por las que el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato:

  • Impago de las mensualidades de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario. También se podrá extinguir el contrato por la falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
  • Subarriendo a terceros o la cesión inconsentidos.
  • La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario; así como cuando en la vivienda se realicen actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
  • Necesidad de recuperar la vivienda alquilada por parte del casero para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. Para ello, el arrendador deberá notificarlo formalmente al inquilino con al menos dos meses de antelación y justificar esta necesidad.

Aunque el casero alegue la necesidad que recuperar la vivienda alquilada, tal y como establece el artículo 9.3 de la LAU, ¿qué ocurre si se desaloja al inquilino pero este inmueble no se ocupa?

"Si en un período de tres meses a contar desde el desalojo de la vivienda, el arrendador no la hubiera ocupado, el inquilino puede optar, o por volver a entrar en la vivienda con un alquiler nuevo por otros 5 años que tenga las mismas condiciones que tenía el original, además de reclamar los gastos en los que haya incurrido por el desalojo, o también puede optar por ser indemnizado por una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que faltase para cumplir los 5 años del contrato original", explica el director ejecutivo de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), Manuel Morillo.

En esta línea, si han pasado más de tres meses desde que el inquilino dejó el piso y la vivienda sigue vacía -siempre y cuando no sea por una causa de fuerza mayor-, desde el portal inmobiliario Fotocasa explican que en un plazo de 30 días el inquilino podrá:

  • Exigir un nuevo contrato de alquiler de hasta cinco años con las mismas condiciones y reclamar los gastos que ocasionó el desalojo del piso.
  • Exigir una indemnización equivalente a una mensualidad del alquiler por cada año que faltara por cumplir el contrato. Por tanto, si el inquilino pagaba 1.000 euros de renta y es desalojado cuando aún le faltaban tres años para finalizar el contrato, podría exigir una indemnización de 3.000 euros.