Prestaciones

¿Quién tiene derecho a cobrar la ayuda por hijo a cargo? Estas son las cuantías para 2025

La asignación económica por hijos a cargo ha sufrido un incremento tras la última reforma de las pensiones

Madres con bebes e hijos pequeños en el parque.
Madres con bebes e hijos pequeños en el parque. Gonzalo Pérez La Razón

La Seguridad Social cuenta con multitud de prestaciones, que tienen como objetivo ayudar a los ciudadanos para mantener una calidad de vida digna. Dentro del organismo público, uno de los beneficios menos conocidos son las prestaciones familiares por hijo a cargo.

Se trata de una prestación no contributiva que concede una asignación económica por cada hijo o menor a cargo del beneficiario, menor de 18 años o mayor afectado por una discapacidad igual o superior al 65%. Sin embargo, no todo el mundo puede optar a esta ayuda.

¿Quién puede optar a esta ayuda?

Tendrán derecho a la asignación económica por hijo o menor a cargo quienes:

  • Residan legalmente en territorio español.
  • Tengan a su cargo hijos o menores de dieciocho años o mayores de dicha edad y que estén afectados por una discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento.
  • No perciban ingresos anuales superiores a la cuantía que anualmente establezca la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. En los supuestos de hijos o menores a cargo con discapacidad, no se exigirá límite de recursos económicos a efectos del reconocimiento de la condición de beneficiario.
  • No tengan derecho, ni el padre ni la madre, a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.

Cuantías

Según aparece reflejado en el Real Decreto-Ley 9/2024, a partir del 1 de enero de 2025, la cuantía anual de las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, por hijo a cargo con 18 años o más, y un grado de discapacidad mayor del 65 % se fija en 5.805,60 euros. Si la discapacidad es mayor o igual al 75 %, la cuantía anual será de 8.707,20 euros.

Por su parte, los límites de ingresos anuales en el año 2025 para las personas beneficiarias que, de conformidad con la disposición transitoria sexta de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, mantengan o recuperen el derecho a la asignación económica por cada hijo menor de dieciocho años o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por ciento, quedan fijados en 14.952,00 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 22.501,00 euros anuales, incrementándose en 3.646,00 euros anuales por cada hijo a cargo a partir del cuarto. La cuantía de la asignación económica será de 588,00 euros/año.

Asimismo, estos ingresos permanecerán en el tiempo mientras no se produzca ninguna variación en la situación familiar.

¿Qué ocurre si hay variaciones en la familia?

En caso de que se produzca alguna variación en la situación familiar, la ayuda podría quedar extinguida. Algunas variaciones contempladas por la Seguridad Social son las siguientes:

  • Por fallecimiento del hijo
  • Por cumplimiento de la edad de 18 años (salvo en el caso de afectados por una discapacidad)
  • Por desaparición de la discapacidad
  • Por cese de la dependencia económica del hijo (cuando los ingresos del hijo son superiores al 100% del SMI)
  • Por sobrepasar, en su caso, los límites de ingresos establecidos

¿Cómo presentar la solicitud?

Aquellos ciudadanos interesados en solicitar la prestación por hijos a cargo tendrán que adjuntar la documentación necesaria y llevarla a cualquier centro de atención e información de la Seguridad Social. Para ello será necesario pedir cita previa y llevar los documentos pertinentes.