Declaración de la renta

Revisa tu renta: podrías recibir hasta 9.000€ de devolución

Existen dos deducciones poco conocidas que pueden ser aplicadas por los contribuyentes

Hacienda lanza una aplicación para la declaración de la renta
Varias personas realizando la declaración de la renta en las oficinaslarazon

La campaña de la declaración de la renta comenzó el pasado 2 de abril, y con ella millones de españoles deberán justificar los ingresos obtenidos durante el ejercicio de 2024. En este caso, es el organismo público el que debe hacer un balance de la situación según la situación de cada ciudadano, para después establecer si el contribuyente debe pagar a la hacienda pública o es el propio organismo el que debe compensar al trabajador.

No obstante, a pesar de parecer un trámite sencillo, lo cierto es que muchos consideran un proceso complejo. Por ello, la figura de los gestores toma gran relevancia, puesto que son las personas encargadas de reflejar a la perfección la situación económica de cada persona de cara a la Agencia Tributaria.

En muchas ocasiones, los ciudadanos no tienen en cuenta multitud de deducciones que pueden variar el resultado del ejercicio fiscal. En este sentido, son los gestores los que se ocupan de saber toda esta información y dejarla presenta en la renta correspondiente. Estos descuentos son muy relevantes, y es necesario que aparezcan en la declaración si se quiere obtener dinero de regreso.

El seguro del hogar, entre las posibles deducciones

Los ciudadanos pueden desgravarse el seguro del hogar si compraron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013. En estos casos, los contribuyentes pueden incluir el seguro del hogar dentro de las deducciones de la hipoteca.

Este descuento es de hasta el 15% de lo pagado, con un límite de 9.040 euros anuales, incluyendo intereses de la hipoteca y otros gastos como el seguro obligatorio vinculado. Las casillas donde tienen que indicar dicha deducción en la declaración de la Renta son la 547 y la 548.

Por otro lado, si el ciudadano alquila una vivienda, puede deducirse el seguro del hogar como gasto necesario para obtener los rendimientos del alquiler. Será en la casilla 0114 donde los contribuyentes podrán reflejar esta deducción

Por último, también existe la posibilidad de que los autónomos desgraven el seguro, siempre que utilicen una vivienda como oficina. En este caso, se puede deducir el porcentaje proporcional en la parte atribuida a la actividad económica en la casilla 200.

El dentista: la deducción que pocos conocen

Los gastos del dentista son otra de las posibles deducciones de los ciudadanos en sus respectivas rentas. Es posible este descuento pero solo como gasto médico dentro de la deducción por salud en algunas comunidades autónomas.

A nivel estatal, los tratamientos dentales no se pueden desgravar, pero hay comunidades autónomas que permiten deducir gastos médicos privados, incluyendo dentista, en ciertos casos. Cantabria, Canarias y la Comunidad Valenciana son las tres regiones donde se permite desgravar los gastos médicos relacionados con el dentista.

Sin embargo, existe un requisito para poder ser beneficiario de esta descuento: la base liquidable total tiene que ser menor que 22.946 euros en el caso de declaración individual o 31.485 euros en las declaraciones conjuntas.

Si se cumple con este requisito, los ciudadanos pueden aplicar una deducción de hasta 500 euros en la individual o 700 euros en la declaración conjunta. Además, en aquellos casos donde el contribuyente cuente con una discapacidad igual o superior al 65%, el límite asciende a 100 euros más.

Fechas para realizar la declaración de la renta

El 2 de abril comenzó el plazo para presentar la declaración a través de Internet. A partir del 6 de mayo de 2025 se puede hacer la declaración por teléfono, y la cita previa para ser atendido por teléfono a través del plan "Le llamamos" se podrá solicitar a partir del 29 de abril para que un agente de la AEAT ayude al contribuyente a confeccionar su declaración. Esta cita podrá pedirse como máximo hasta el 27 de junio.

En el caso de que se quiera realizar la declaración de la Renta de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, el contribuyente tendrá desde el 2 de junio hasta el fin de la campaña para confeccionarla con la ayuda de un agente. No obstante, si se quiere contar con la asistencia de un agente presencial de la AEAT, se tendrá que pedir cita previa del 29 de mayo al 27 de junio a través de la propia web de este organismo o llamando a los siguientes números de teléfono: 915357326, 901121224, 915530071 o 901223344. Finalmente, el plazo para presentar la declaración concluirá el próximo 30 de junio de 2025.