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IRPF

¿Sabías que puedes desgravar el seguro del coche en la declaración de la Renta? Hacienda da las claves

Dentro de todo el repertorio de deducciones del ejercicio del IRPF, el seguro del automóvil es uno de los gastos deducibles dentro de los parámetros que impone la Agencia Tributaria

¿Sabías que puedes desgravar el seguro del coche en la declaración de la Renta? Hacienda da las claves La Razón

Como ya es sabido por todos los contribuyentes, el inicio de abril marcó el comienzo de la campaña de la declaración de la Renta en nuestro país. Esta práctica toma en cuenta los ingresos percibidos por el ciudadano y los impuestos que pagó a lo largo del curso 2024. En función del balance que se realice la cantidad resultante saldrá "a pagar", en el caso de que el resultado obtenga un valor positivo, o "a devolver, si sucede lo contrario. Sin embargo, a pesar de lo que pueda parecer para aquellos que no estén muy informado, este sistema encuentra su motor en el control económico de estas dos variables y, de esta manera, igualar la relación entre la Agencia Tributaria y el rentista.

Hay algo que hay que puntualizar y es que, por el momento, el ejercicio del IRPF se puede llevar a cabo de manera telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Por el contrario, para aquellos que quieran optar por otra forma de gestión es necesario señalar en el calendario unas fechas determinadas. Para la tramitación por teléfono, esta se podrá llevar a cabo a partir del seis de mayo. En el caso de que se desee acudir a las oficinas habilitadas, la manera tradicional, el periodo comienza el dos de junio. En cualquier caso habrá que solicitar la cita previamente y, en este sentido, el periodo comienza el 27 de abril. La campaña finaliza con fecha límite el 30 de junio, para todas las opciones.

Por tanto, si aún no has llevado a cabo la declaración de la Renta es importante que revises tus gastos para ver cuáles son los ingresos de los cuales puedes sacar una cantidad a percibir. Aunque en algunos casos la cantidad mencionada no sea significativa, la suma de las mismas puede llegar a marcar la diferencia, por lo que, este factor en ningún caso se puede llegar a pasar por alto. De esta suerte, informarse por medio de un profesional, o a través de fuentes fiables es imprescindible para mejorar la eficiencia de este inexorable ejercicio que todo trabajador debe afrontar.

Desgrava el seguro del coche en el IRPF

Cabe destacar en primera instancia el factor fundamental que rige esta desgravación y que es única y exclusiva para los autónomos que utilicen de forma profesional su vehículo. En este sentido, la cuantía que se podrá deducir encuentra su razón en dos aspectos. Por un lado afecta el número de vehículos que tenga el sujeto y, por otro, el uso que se le de al mismo. Si tan solo posee un vehículo el porcentaje asciende hasta el 50%, mientras que, si cuenta con varios y uno es exclusivo de uso profesional puede llegar a desgravar la totalidad del seguro. Es recomendable guardar ciertas pruebas que atestigüen el uso profesional, como facturas y registros.

Hacienda incluye dentro de actividad laboral el vehículo para los siguientes usos, transporte de mercancías, transporte de viajeros, enseñanza de conducción o desplazamientos comerciales. Por tanto, no solos se incluye el seguro del coche sino el del resto de vehículos que puedan ejercer estas funciones. Para notificar sobre este movimiento habrá que rellenar la casilla 200 de la declaración, incluida dentro del apartado de actividades económicas.

Gastos deducibles de la declaración de la Renta

Es imprescindible subrayar el hecho de que muchos de los gastos deducibles que son incluidos en la declaración por la mayoría de españoles están sujetos a unas condiciones autonómicas concretas. Estas enmiendas suelen cambiar las cuantías a desgravar o, incluso, llegar a generar unos gastos deducibles exclusivos del territorio. Un claro ejemplo es el de la Comunidad de Madrid, como la "inversión en empresas de nueva creación", con el que se pueden llegar a percibir hasta un 50% de dicha actividad. Por otro lado, la "deducción por autoempleo", de menores de 35 años, y la deducción por "nacimiento o adopción de hijos", entre otros. Sin embargo, los que afectan a todos los distintos territorios son los siguientes:

  • Inversión en vivienda habitual: no solo incide sobre las nuevas viviendas al adquirirla, sino que, en casos específicos, también interviene sobre la rehabilitación del domicilio, aunque, como el anterior gasto, también se encuentra establecidos en unos parámetros concretos.
  • Deducciones por alquiler de vivienda habitual: de este modo los inquilinos pueden llegar a reducir una parte del alquiler que han pagado a lo largo del curso, aunque hay que decir que esta sujeto a unos ciertos límites que se pueden consultar en su sede electrónica.
  • Las aportaciones realizadas a planes de pensiones: estas cuantías pueden deducirse con un límite establecido e inamovible de 1.500 euros al año.
  • Deducción por maternidad: Las progenitoras con hijos menores que no superen los tres años de edad pueden llegar a deducir hasta 1.200 euros por hijo. También se pueden aplicar deducciones por hijos a cargo, con cantidades que varían según el número de descendientes y circunstancias personales, esta última se concibe como otro gasto, y por tanto, otra deducción.
  • Cuotas a partidos políticos: el límite en este caso se establece en los 600 euros anuales de deducción pero pueden suponer una diferencia notable en el recorrido del resultado.
  • Donativos a Organizaciones No Gubernamentales (ONG): y es que con la contribución del Estado se puede llegar a desgravar hasta un 80% del total.