Semana Santa

El SEPE te puede quitar el subsidio para mayores de 52 años si viajas sin realizar este trámite

Los beneficiarios se exponen a que el pago puede suspenderse, extinguirse o incluso tener que devolver las cantidades si no siguen las siguientes pautas antes de viajar al extranjero

Una persona entra a una oficina del SEPE en Madrid
Una persona entra a una oficina del SEPE en MadridCarlos LujánEuropa Press

Con las vacaciones de Semana Santa cada vez más cerca, estudiantes, trabajadores, jubilados y desempleados se plantean viajar tanto a destinos nacionales como internacionales para desconectar del estrés de la rutina. No obstante, aquellas personas que cobren el subsidio para mayores de 52 años o el paro tendrán que llevar especial cuidado en sus desplazamientos al extranjero, ya sean por placer, para visitar a un familiar o en búsqueda de un trabajo. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerda que los beneficiarios de estas prestaciones se exponen a perderlas e incluso a tener que devolver las cantidades si no siguen las siguientes pautas.

Aquellos perceptores del subsidio para mayores de 52 años que decidan viajar por España no tendrán que notificarlo al organismo, pero sí deberán hacerlo al cruzar las fronteras. Si cobra esta ayuda y decide viajar 15 días, ya sean seguidos o espaciados en el tiempo, durante el periodo de un año natural, la prestación se mantiene siempre que pueda cumplir con las obligaciones establecidas en la ley. No obstante, es conveniente que comunique al Servicio Público de Empleo Estatal la salida antes de producirse para evitar que le manden citaciones obligatorias de empleo. Además, el SEPE señala que a la vuelta del extranjero, debe presentarse en la oficina de empleo el primer día hábil siguiente a su regreso. Si, por ejemplo, en el periodo de un año decide hacer dos viajes al extranjero de una semana cada uno, seguirá cobrando el paro siempre y cuando siga cumpliendo los requisitos para recibirlo.

Cuando los viajes al extranjero, ya sean continuados o no, superen los 15 días de duración pero no sobrepasen el límite de 90 días naturales en un año, el cobro de las prestaciones se suspende. Es decir, el cobro se interrumpe y se recupera al volver a España, sin gastar los días en los que tenía derecho a recibir la prestación. De nuevo, antes de dicha salida es obligatoria la comunicación previa al Servicio Público de Empleo Estatal, ya que esta necesita ser autorizada. No obstante, no es obligatorio justificar el motivo del viaje. A la vuelta del extranjero, debe presentarse igualmente en la oficina de empleo para que retomar el pago de la prestación.

En el caso de traslado de residencia al extranjero para buscar o realizar un trabajo, para acciones de cooperación internacional o perfeccionamiento profesional durante menos de 12 meses continuados, la prestación se suspende temporalmente. Es obligatorio comunicarlo antes de la salida al Servicio Público de Empleo Estatal y que este lo autorice. De hecho, si no comunica al Servicio Público de Empleo Estatal el traslado al extranjero, supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador, cuya sanción es la extinción del derecho. Si vuelve del extranjero sin trabajo, volverá a percibir la prestación a partir del día siguiente al de su regreso a España, siempre que solicite la reanudación o la reincorporación en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a dicha fecha y “justifique documentalmente alguno de los motivos indicados”, señala el SEPE.

Si el viaje supera los 90 días, aunque no sobrepasa el año, y no se realiza por ninguno de los motivos nombrados anteriormente, el cobro de la prestación o subsidio se extingue y a la vuelta no podría seguir recibiendo esta ayuda.

El SEPE establece la obligación de informar sobre los viajes al extranjero y fija una duración máxima ya que uno de los requisitos fundamentales para seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años es estar en búsqueda activa de empleo, y esto pasa por acudir a cursos formativos y a entrevistas. Esta prestación destaca por ser la única que cotiza para la jubilación y que da cobertura a las personas desempleadas hasta que cumplan la edad de retirarse. Para no perderla si quiere viajar al extranjero, debe realizar los siguientes trámites:

-Comunicar su salida al extranjero, ya sea por escrito en una oficina del SEPE o mediante un formulario de pre-solicitud llamado "Comunicación de salida al extranjero".

-Con la solicitud sellada, deberá acudir al servicio de empleo autonómico para informar sobre los días que estará fuera del país.

-Informar de su regreso a España tanto en el SEPE como en la oficina autonómica de empleo.