
SEPE
Subsidio cancelado y multa de 8.500 euros: la dura sanción del SEPE a un ciudadano por viajar a Marruecos
Un ciudadano se ha expuesto a una elevada sanción tras no comunicar al organismo público varios viajes al extranjero

ElServicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de gestionar la entrega de prestaciones por desempleo en España. Se trata de un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social de España.
En este sentido, unas de las ayudas entregadas por este organismo es el subsidio para mayores de 52 años, una prestación dirigida a aquellas personas que han agotado la prestación o subsidio por desempleo.
Los ciudadanos que cumplen con los requisitos recogidos en la página web son beneficiarios de un ingreso mensual. Sin embargo, desde el SEPE también informan sobre una serie de condiciones a cumplir para no perder la ayuda.
Unas condiciones que un ciudadano español no ha cumplido, siendo sancionado con una elevada multa económica, además de la pérdida del subsidio.
Un hombre pierde el subsidio
En este caso, un beneficiario del subsidio para mayores de 52 años ha sido sancionado con una multa de 8.500 euros al SEPE tras omitir la comunicación de varios desplazamientos fuera de España.
El afectado realizó cuatro viajes a Marruecos sin informar al Servicio Público de Empleo Estatal, lo que ha derivado en la pérdida definitiva de la ayuda y la obligación de devolver una elevada cifra económicamente. La sanción ha sido avalada recientemente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha confirmado la legalidad de la actuación del organismo.
Según se ha sabido, el ciudadano alegó motivos personales para justificar sus salidas del país. No obstante, la falta de notificación previa fue determinante para la apertura del expediente sancionador, que concluyó con la extinción del subsidio y la reclamación de la totalidad de las cantidades percibidas.
Las alegaciones del ciudadano
El ciudadano argumentó que los cuatro desplazamientos fueron motivados por circunstancias familiares"totalmente concretas y excepcionales". No obstante, al no haber presentado pruebas ni haber comunicado previamente sus ausencias al SEPE, los magistrados consideraron que se había producido un incumplimiento evidente de sus obligaciones.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado la actuación del SEPE, al considerar que su decisión se ajusta a la normativa vigente en el momento de los hechos. Con este fallo, se confirma la retirada del subsidio y la obligación de reintegrar los más de 8.500 euros reclamados por la Administración.
Este caso subraya la relevancia de notificar al SEPE cualquier salida al extranjero, sin importar la duración ni el motivo del viaje. La falta de comunicación previa no solo conlleva la pérdida del derecho a percibir la ayuda, sino también la devolución íntegra de las cantidades ya abonadas.
Normativa del SEPE
Si estás cobrando prestación contributiva o subsidio por desempleo, y te trasladas al extranjero por cualquier causa, si la salida no es superior a 30 días naturales, ya sean continuados o no, durante cada año natural, la prestación se mantiene siempre que puedas cumplir con las obligaciones establecidas en la ley.
Entre dichas obligaciones se encuentra la de informar al servicio público de empleo autonómico y al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por lo que debes comunicar la salida al SEPE antes de producirse.
El día que sales de España o el día que regresas, no son días de estancia en el extranjero como tal, aunque sean de traslado. No se incluye el día de salida ni el de regreso dentro de los 30 días de estancia en extranjero, aunque no estés completamente disponible esos dos días para cumplir con el acuerdo de actividad. A la vuelta del extranjero, debes presentarte en la oficina de empleo el primer día hábil siguiente a tu regreso.
Si no se comunica al Servicio Público de Empleo Estatal el traslado al extranjero, supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador, cuya sanción es la extinción del derecho.
Si al salir de España se interrumpió la prestación o el subsidio que estuvieras percibiendo, y al volver se encuentra sin trabajo, es posible solicitar la reanudación de dicha prestación o subsidio.
Requisitos para percibir el subsidio
Tal y como se informa desde el SEPE, los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda son los siguientes:
- Haber agotado el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, una prestación contributiva por desempleo.
- Acreditar situación legal de desempleo el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, habiendo cotizado al menos noventa días.
- Tener 52 años.
- Estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo, y haber suscrito el acuerdo de actividad.
- Haber cotizado efectivamente en España por la contingencia de desempleo durante, al menos, seis años a lo largo de tu vida laboral.
- Acreditar, en la fecha de presentación de la solicitud, que cumples el requisito de carencia de rentas propias.
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