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Esta es la ayuda del SEPE de hasta 3.000 euros: cómo solicitarla

El subsidio de cotización insuficiente permite recibir una ayuda del SEPE con 90 días cotizados

Varias personas entran a una oficina del SEPE, en Madrid.
Varias personas entran a una oficina del SEPE, en Madrid.Marta Fernández JaraEuropa Press

Solicitar el paro es una de las opciones más recurridas por los ciudadanos. Cuando un trabajador se ha quedado sin empleo, suele acudir a esta prestación del SEPE para seguir recibiendo un ingreso mensual y, de esta manera, poder afrontar los gastos necesarios de la vida.

Sin embargo, esta prestación requiere de unos requisitos básicos para ser concedida. Uno de los más destacados el hecho de haber trabajado y cotizado al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Un requisito que no todo el mundo cumple.

Por ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha creado una ayuda que protege a todos aquellos ciudadanos que no han logrado cotizar un año completo, permitiéndoles compatibilizar la ayuda con un trabajo a tiempo parcial.

La ayuda del SEPE que permite el trabajo parcial

Se trata del subsidio de cotizaciones insuficientes, una ayuda ofrecida para aquellos desempleados que se encuentran en situación legal de desempleo sin tener cubierto al menos 360 días cotizados para tener derecho a la prestación contributiva. Además, este subsidio puede seguir recibiéndose si se mantienen uno o varios contratos a tiempo parcial, siempre y cuando se cumplan con los requisitos reflejados en la página web.

¿Quién puede ser beneficiario?

Para poder optar a esta ayuda, el solicitante debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar en desempleo total, o trabajando a tiempo parcial. Si mantienes varios trabajos a tiempo parcial, la suma de las jornadas trabajadas ha de ser inferior a una jornada completa. Además, en estos casos la cuantía se reduciría a la mitad.
  • Haber trabajado al menos 90 días.
  • Si con posterioridad a la fecha del hecho causante del subsidio (última situación legal de desempleo), has trabajado por cuenta propia o ajena, debes haber cesado en el último trabajo de forma involuntaria o con situación legal de desempleo, respectivamente.
  • Estar en situación legal de desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024.
  • Suscribir el acuerdo de actividad.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
  • No encontrarte en algún supuesto de incompatibilidad.
  • Debes carecer de rentas propias, o bien, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares.
  • Presentar la solicitud del subsidio dentro del plazo de los seis meses siguientes a la fecha del hecho causante, pues, si no se realiza en este plazo, se denegará.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo en el momento de la resolución de la solicitud.

Cuantía de la ayuda

Tal y como aparece reflejado en la página web del SEPE, la cuantía del subsidio será igual a los siguientes porcentajes del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual (IPREM) vigente en cada momento.

  • El 95% durante los ciento ochenta primeros días.
  • EL 90% desde el día ciento ochenta y uno al día trescientos sesenta.
  • El 80% a partir del día trescientos sesenta y uno.
El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.

Duración

La duración máxima del subsidio por desempleo se determinará en función del periodo de ocupación cotizado y la acreditación de responsabilidades familiares. Por ello, estas son las mensualidades:

  • 90 días cotizados: 3 meses.
  • 120 días cotizados: 4 meses.
  • 150 días cotizados: 5 meses.
  • 180 días cotizados: 21 meses si se tienen responsabilidades familiares. (Para percibir el subsidio por la duración máxima de 21 meses has de tener responsabilidades familiares, sin que sea necesario acreditar carencia de rentas propias).

Cómo solicitar la ayuda

La solicitud se podrá presentar a través de:

  • La sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • En la oficina de prestaciones (oficina de empleo en el caso de Ceuta y Melilla) pidiendo cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono.
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.