"Caso Bateragune"
Se busca magistrado para juzgar a Arnaldo Otegi
En la sección de la Audiencia Nacional encargada del juicio solo hay dos jueces no «contaminados», por lo que el tercer integrante del tribunal podría salir de la Sala de Apelación
La repetición, diez años después, del juicio por el que se condenó a Arnaldo Otegi por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna, plantea a la Audiencia Nacional un contratiempo de intendencia procesal. Del tribunal no puede formar parte ninguno de los magistrados de la Sección Cuarta de lo Penal que condenaron al ahora líder de EH Bildu, lo que descarta tanto a la presidenta de la sección, Ángela Murillo (cuyo comentario sobre la renuencia de Otegi a condenar la violencia de ETA hizo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyese que se vulneró su derecho a tener un tribunal imparcial), como a Teresa Palacios y Juan Francisco Martel. De ahí que únicamente dos magistrados –Carmen Paloma González Pastor y Fermín Echarri– pueden formar parte del mismo. Hace falta, por tanto, un tercer magistrado para completar la Sala.
Pero, ¿de dónde saldrá el tercer integrante del tribunal que juzgará a Otegi y a los otros cuatro acusados? Por ahora, no se ha notificado a las partes la composición definitiva de la Sala, pero el tribunal se completará con un magistrado cualquiera de las otras tres secciones de la Sala de lo Penal o con uno de los miembros de la Sala de Apelación. En este último caso, fuentes de la Audiencia Nacional apuntan que quien más posibilidades de incorporarse al tribunal del «caso Bateragune» sería Eloy Velasco, que estuvo al frente del Juzgado de Instrucción número 6 y que instruyó, entre otros, los casos «Púnica» y «Lezo».
Y es que, según explican esas mismas fuentes, lo habitual es elegir al magistrado de menor antigüedad en la carrera de entre los que no tengan ninguna vista señalada para las fechas previstas para la celebración del juicio en cuestión. Todavía sin fecha, la repetición del juicio del «caso Bateragune» debería celebrarse a lo largo de 2021 (las fuentes más optimistas consultadas por este periódico aseguran que antes de mediados de año).
Dada la carga de trabajo que soportan las distintas secciones y lo apretado de sus calendarios de juicios, esas mismas fuentes señalan que el tercer magistrado podría salir de esa Sala de Apelación. Sin cubrir aún la vacante de Ángel Hurtado (designado magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo) –cuyo relevo seguro será un magistrado con notoria antigüedad en el escalafón–, y descartado su presidente, José Ramón Navarro, la otra integrante de esa Sala, Manuela Fernández Prado, es de las más veteranas, con Ángela Murillo, de la Audiencia Nacional, donde lleva casi 25 años.
Otra posibilidad es que el tercer componente del tribunal del «caso Bateragune» salga de la Sección Tercera, que preside Alfonso Guevara, que está a punto de dejar visto para sentencia el juicio por los atentados de Barcelona y Cambrils. En todo caso, la persona escogida no puede estar tampoco «contaminada» por haber resuelto algún recurso relacionado con el «caso Bateragune».
Pocas sesiones y escasa complejidad
Aunque en esta causa no hay ningún procesado preso –de hecho tanto Otegi como el resto de condenados ya cumplieron las penas de hasta seis años y medio de prisión que impuso el Tribunal Supremo–, en la Audiencia Nacional dan por hecho que el juicio se celebrará en el nuevo año. Sobre todo, apuntan, porque «son solo cinco acusados, no tiene complejidad y no son necesarias muchas sesiones» (el juicio anulado quedó visto para sentencia en apenas diez días).
Aunque Otegi reclamó sin éxito al Supremo que acordara su absolución, tras la decisión de Estrasburgo, y ahora tiene intención de recurrir al Tribunal Constitucional para conseguir suspender el juicio, las fuentes consultadas en la Audiencia Nacional consideran que la repetición de la vista oral está fuera de toda duda. «Es de una claridad meridiana, porque de lo contrario el juicio del “caso Bateragune” se habría celebrado pero no habría sentencia y si no ha prescrito –argumentan– tiene que haber sentencia. Abierto juicio oral, por ley tiene que acabar con una sentencia».
Si Arnaldo Otegi es condenado a una pena igual o inferior a seis años y medio de prisión, la pena la tendría ya cumplida, pero si resulta absuelto, el líder abertzale podría intentar exigir una indemnización al Estado por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.
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