Polémica

El Consejo de Estado estalla: «El Gobierno nos ningunea»

Moncloa ignoró un dictamen del Consejo de Estado en el que se instaba a desarrollar una legislación sanitaria obsoleta desde 1986

Pedro Sánchez en su visita a Angola en abril de 2021.
Pedro Sánchez en su visita a Angola en abril de 2021.AMPE ROGERIOAgencia EFE

El Gobierno ha vuelto a hacer caso omiso de un dictamen del Consejo de Estado en referencia a la gestión jurídica de la pandemia como ya sucedió en la articulación del reparto de fondos de la Unión Europea. En esta ocasión fue el pasado 22 de marzo cuando el máximo órgano consultivo del Estado aconsejó al Ejecutivo la necesidad de actualizar y mejorar la legislación sanitaria que, entre otras cosas, sirve a los Ejecutivos autonómicos como marco jurídico para tomar medidas contra la pandemia, cuando no está vigente el estado de alarma.

Fuentes del Consejo de Estado consultadas por LA RAZÓN manifestaron su perplejidad y malestar «porque este Gobierno solo utiliza este Gobierno para las tomas de posesión». Las mismas fuentes han resaltado que «es llamativo» que casi continuamente se presenten los nuevos proyectos de Ley directamente por el Grupo Parlamentario para evitar que el Consejo de Estado tenga que pronunciarse sobre el asunto en cuestión. Existe además «preocupación» por la posible llegada al máximo órgano consultivo del Estado del vicepresidente Iglesias, ya que el Consejo siempre ha guardado el equilibrio entre las distintas tendencias políticas y ha mantenido una escrupulosa neutralidad política, circunstancia que podría saltar por los aires con la llegada del líder de Podemos.

Otras fuentes cercanas al Consejo consultadas asimismo por este diario afirmaban taxativamente: «No nos hacen ni puñetero caso hasta el punto de ocultar los dictámenes. Es siempre igual». Tras recordar que un presidente y un ex presidente del Tribunal Constitucional (los dos escogidos a propuesta del PSOE) han afirmado públicamente que la manera de gestionar el estado de alarma del Gobierno ha sido inconstitucional, estas fuentes confirmaban que «el Gobierno ha tenido 12 meses para desarrollar la legislación sanitaria. Es decir: han tenido tiempo de hacer no una sino tres leyes si hubiera querido. Se trata de una pésima gestión no ya sanitaria sino jurídica».

La gota que ha colmado el vaso es la actitud del Gobierno en referencia a un dictamen sobre la conveniencia de desarrollar la legislación sanitaria de nuestro país de cara al fin del estado de alarma que el presidente Sánchez sitió el próximo 9 de mayo. Se trata, en concreto, de la ley orgánica de 1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, cuyo contenido entienden que «podría estar necesitado de una adecuación legislativa que le aporte mayor detalle y concreción, en orden a proporcionar a las autoridades sanitarias competentes el mejor marco jurídico posible para afrontar las situaciones presentes y futuras de riesgo grave para la salud pública», informa Ep. Así lo pone de manifiesto el principal órgano consultivo del Gobierno en un dictamen que le remitió el pasado 22 de marzo para asesorarle sobre la conveniencia de interponer un recursos de inconstitucionalidad a la reforma de ley de salud gallega impulsada recientemente por el Ejecutivo autonómico de Alberto Núñez Feijóo.

En su dictamen, el Consejo de Estado entiende que sí es procedente llevar al Tribunal Constitucional la citada norma autonómica al entender que, por ejemplo, sobrepasa los límites en asuntos como la vacunación obligatoria. Pero eso no es lo preocupante. El Consejo también aprovecha para señalar la necesidad de modernizar esa legislación sanitaria estatal ya que, según reconoce, «no contiene seguramente los mecanismos adecuados para hacer frente a una crisis de esta envergadura». En este sentido, señalan que se trata de una norma que implementó «hace casi cuarenta años», y que «contiene una regulación en extremo genérica de las medidas especiales en materia de salud pública limitativas de derechos fundamentales y libertades públicas».

«Podría resultar insuficiente para hacer frente, de acuerdo con los principios constitucionales de eficacia administrativa y seguridad jurídica, a las necesidades a las que se enfrentan las autoridades sanitarias competentes», reconoce el Consejo de Estado en su informe. En todo caso, el dictamen que es preceptivo pero no vinculante, aprecia que es pertinente interponer recurso de inconstitucionalidad a uno de los apartados concretos de la ley de salud gallega, el relativo a las medidas para luchar contra la pandemia, en concreto, el apartado cinco del artículo único de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 8/2021, de 25 de febrero. Dicho apartado cinco introduce un artículo 38 a la ley de salud gallega con dos apartados, de los cuales, el Consejo de Estado avala que se recurra la segunda parte: la que habla de medidas preventivas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando haya un peligro para la salud de la población.

Además de otras medidas generales, la reforma de Feijóo establece que se podrán adoptar medidas de control de las personas enfermas, como el aislamiento domiciliario (actualmente los confinamientos de las personas que están contagiadas por el coronavirus), el internamiento en un centro hospitalario o el aislamiento o internamiento en otro lugar adecuado para tal fin. La nueva norma también recoge medidas de control para personas que hayan estado en contacto con personas enfermas (como actualmente los aislamientos de contactos positivos); o el sometimiento a medidas profilácticas de prevención, incluida la vacunación o inmunización. Este apartado de la ley también habilita medidas de control del «entorno inmediato» de las personas enfermas o que hayan estado en contacto con ellas, así como de «zonas afectadas» (lugares geográficos), lo que puede conllevar, por ejemplo, la limitación de movilidad o circulación.